Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2200)
BOP-2021-2200 Segunda convocatoria de prestaciones económicas de emergencia social del IMAS - 2021.
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- A.-102.873,51 €, imputándose a la aplicación presupuestaria
10-23101-48000 del Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021,
destinados a las ayudas no comprendidas en los apartados B, C, y D, RC nº:
220210002426.
- B.- 13.000 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10-
23101-48001 del Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021, destinados a
las ayudas para productos farmacéuticos, RC nº: 220210002569.
- C.- 11.000 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10-
23101-48000 del Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021, destinados a
las ayudas para leche maternizada, RC nº: 220210002578.
- D.- 2.500 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10-
23101-48002 del Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021, destinados a
las ayudas para alojamiento alternativo, RCs nº: 220210002455,
220210002572.
2. En aplicación de lo establecido en el acuerdo del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres de 17 de abril de 2019, corresponde al IMAS la expedición de la tarjeta
acreditativa de la tarifa social, a solicitud del interesado, previa comprobación de los
requisitos exigidos en el artículo 5.3 de la Ordenanza reguladora de las prestaciones
económicas de emergencia social del Instituto Municipal de Asuntos Sociales,
compensándose por el Ayuntamiento de Cáceres el déficit creado por la tarifa social a
la empresa de transporte urbano a través de la liquidación anual presentada.
BASE OCTAVA.- ORGANOS DE INSTRUCCIÓN, ORDENACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL
EXPEDIENTE
1.- Para el otorgamiento de la prestación económica, el interesado/a deberá presentar
la solicitud conforme al modelo Anexo I aprobado con la presente, junto con la
documentación a que se refiere la Base Sexta de la presente convocatoria.
2.- El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será el
IMAS, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la
determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba
formularse la correspondiente propuesta de resolución.
La concesión de las subvenciones será resuelta y notificada individualmente por la
Presidencia del IMAS, en el plazo de 1 mes desde la entrada de la solicitud en el
Registro de entrada del Ayuntamiento de Cáceres, previo informe social del trabajador
social en el que se incluya la historia social única. La resolución adoptada pone fin a la
vía administrativa
No obstante, cuando razones de interés público o la falta de complejidad del
procedimiento lo aconseje, el IMAS podrá acordar, de oficio o a solicitud del
interesado la tramitación simplificada del procedimiento, que deberá resolverse en el
plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al que se notifique al interesado dicho
acuerdo de tramitación simplificada.
CVE:
BOP-2021-2200
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de mayo de 2021
N.º 0088
Pág. 9716
10-23101-48000 del Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021,
destinados a las ayudas no comprendidas en los apartados B, C, y D, RC nº:
220210002426.
- B.- 13.000 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10-
23101-48001 del Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021, destinados a
las ayudas para productos farmacéuticos, RC nº: 220210002569.
- C.- 11.000 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10-
23101-48000 del Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021, destinados a
las ayudas para leche maternizada, RC nº: 220210002578.
- D.- 2.500 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10-
23101-48002 del Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021, destinados a
las ayudas para alojamiento alternativo, RCs nº: 220210002455,
220210002572.
2. En aplicación de lo establecido en el acuerdo del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres de 17 de abril de 2019, corresponde al IMAS la expedición de la tarjeta
acreditativa de la tarifa social, a solicitud del interesado, previa comprobación de los
requisitos exigidos en el artículo 5.3 de la Ordenanza reguladora de las prestaciones
económicas de emergencia social del Instituto Municipal de Asuntos Sociales,
compensándose por el Ayuntamiento de Cáceres el déficit creado por la tarifa social a
la empresa de transporte urbano a través de la liquidación anual presentada.
BASE OCTAVA.- ORGANOS DE INSTRUCCIÓN, ORDENACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL
EXPEDIENTE
1.- Para el otorgamiento de la prestación económica, el interesado/a deberá presentar
la solicitud conforme al modelo Anexo I aprobado con la presente, junto con la
documentación a que se refiere la Base Sexta de la presente convocatoria.
2.- El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será el
IMAS, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la
determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba
formularse la correspondiente propuesta de resolución.
La concesión de las subvenciones será resuelta y notificada individualmente por la
Presidencia del IMAS, en el plazo de 1 mes desde la entrada de la solicitud en el
Registro de entrada del Ayuntamiento de Cáceres, previo informe social del trabajador
social en el que se incluya la historia social única. La resolución adoptada pone fin a la
vía administrativa
No obstante, cuando razones de interés público o la falta de complejidad del
procedimiento lo aconseje, el IMAS podrá acordar, de oficio o a solicitud del
interesado la tramitación simplificada del procedimiento, que deberá resolverse en el
plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al que se notifique al interesado dicho
acuerdo de tramitación simplificada.
CVE:
BOP-2021-2200
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de mayo de 2021
N.º 0088
Pág. 9716