Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2021-2186)
BOP-2021-2186 Aprobación definitiva modificación Reglamento regulador del uso y funcionamiento de la Escuela Infantil de Navaconcejo.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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* Documentación justificativa de la situación familiar:
a. Fotocopia completa de Libro de Familia
b. Fotocopia del Título de Familia Numerosa
c. Resolución de grado y nivel de la Consejería de Sanidad y Dependencia.
* Documentación justificativa de la situación laboral:
a. Vida laboral o documentación similar acreditativa de la situación laboral.
b. En regímenes especiales de la Seguridad Social: Documento de Alta en la Seguridad
Social.
c. Situación Laboral de profesionales: Alta en colegio profesional y Alta en la Mutualidad
General que le corresponda, declaración jurada con indicación de la jornada laboral.
* Documentación justificativa de otras circunstancias personales, familiares, de vivienda,
médicas, geográficas, circunstancias que puedan resultar ser indicativas de la necesidad de
obtención de plaza.
El plazo de solicitud será:
Ordinaria del 15 de junio al 15 de junio de cada año.
La incorporación de los niños/as se hará el uno de septiembre de año en curso o el dos de
enero del año siguiente siempre en este último caso que sean menores de doce meses y lo
solicitasen en tiempo y forma.
Campaña de cereza: del 1 al 20 de abril de cada año.
Extraordinaria:
En cualquier momento siempre que hubiese plazas vacantes cuando el niño o niña no hubiere
nacido durante el periodo de solicitud y reúna los requisitos para incorporarse al centro.
En cualquier momento siempre que hubiese plazas vacantes cuando se produzca un nuevo
traslado a la localidad debiéndose empadronar el padre, madre o niño/a en la localidad o
cuando se acredite la necesidad por un contrato de una duración superior a tres meses.
CVE:
BOP-2021-2186
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de mayo de 2021
N.º 0087
Pág. 9587
a. Fotocopia completa de Libro de Familia
b. Fotocopia del Título de Familia Numerosa
c. Resolución de grado y nivel de la Consejería de Sanidad y Dependencia.
* Documentación justificativa de la situación laboral:
a. Vida laboral o documentación similar acreditativa de la situación laboral.
b. En regímenes especiales de la Seguridad Social: Documento de Alta en la Seguridad
Social.
c. Situación Laboral de profesionales: Alta en colegio profesional y Alta en la Mutualidad
General que le corresponda, declaración jurada con indicación de la jornada laboral.
* Documentación justificativa de otras circunstancias personales, familiares, de vivienda,
médicas, geográficas, circunstancias que puedan resultar ser indicativas de la necesidad de
obtención de plaza.
El plazo de solicitud será:
Ordinaria del 15 de junio al 15 de junio de cada año.
La incorporación de los niños/as se hará el uno de septiembre de año en curso o el dos de
enero del año siguiente siempre en este último caso que sean menores de doce meses y lo
solicitasen en tiempo y forma.
Campaña de cereza: del 1 al 20 de abril de cada año.
Extraordinaria:
En cualquier momento siempre que hubiese plazas vacantes cuando el niño o niña no hubiere
nacido durante el periodo de solicitud y reúna los requisitos para incorporarse al centro.
En cualquier momento siempre que hubiese plazas vacantes cuando se produzca un nuevo
traslado a la localidad debiéndose empadronar el padre, madre o niño/a en la localidad o
cuando se acredite la necesidad por un contrato de una duración superior a tres meses.
CVE:
BOP-2021-2186
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de mayo de 2021
N.º 0087
Pág. 9587