Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2021-2186)
BOP-2021-2186 Aprobación definitiva modificación Reglamento regulador del uso y funcionamiento de la Escuela Infantil de Navaconcejo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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1. Garantizar el buen funcionamiento del proceso de admisión según lo establecido en
este Reglamento.
2. Valorar las solicitudes, previos informes emitidos al efecto, y resolver sobre la
admisión de alumnos/as y, en su caso sobre las listas de esperas.
3. Informar sobre las reclamaciones que puedan presentarse.
4.- Adoptar acuerdos relativos a asuntos que no necesiten autorización del Pleno.
5.- Proponer a la Alcaldía los acuerdos a aprobar por Pleno.
6.- Conocer y ratificar la programación anual que recoja los criterios de los/las
educadores/as y los objetivos del centro.
7.- Conocer la memoria final.
Las reuniones se convocarán cuando sean necesarias, garantizando la celebración de al
menos una al año.
TÍTULO IV. PROCEDIMIENTO ADMISIÓN DE ALUMNOS
Artículo 8.- Alumnos/as matriculados/as.
Los padres, madres, tutores/as o representantes legales de los niños/as matriculados/as
ininterrumpidamente, si no manifiestan expresamente su voluntad de abandonar el Centro,
tendrán prioridad de obtención de plaza sobre las nuevas incorporaciones y no necesitarán
renovar la matriculación.
Artículo 9.- Alumnos/as – Nuevas incorporaciones. Solicitud y documentación.
La solicitud de plaza para nuevas incorporaciones, según modelo normalizado y presentada
dentro del plazo que se establezca al efecto, se dirigirá al Alcalde/sa Presidente/a del Excmo.
Ayuntamiento de Navaconcejo, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o por
cualquiera de las formas previstas en la legislación vigente de Procedimiento Administrativo.
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
* Fotocopia del DNI del padre o madre, tutor/a, representante legal.
* Certificado de empadronamiento colectivo de la unidad familiar (El Ayuntamiento podrá
recabarlo internamente).
CVE:
BOP-2021-2186
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de mayo de 2021
N.º 0087
Pág. 9586
este Reglamento.
2. Valorar las solicitudes, previos informes emitidos al efecto, y resolver sobre la
admisión de alumnos/as y, en su caso sobre las listas de esperas.
3. Informar sobre las reclamaciones que puedan presentarse.
4.- Adoptar acuerdos relativos a asuntos que no necesiten autorización del Pleno.
5.- Proponer a la Alcaldía los acuerdos a aprobar por Pleno.
6.- Conocer y ratificar la programación anual que recoja los criterios de los/las
educadores/as y los objetivos del centro.
7.- Conocer la memoria final.
Las reuniones se convocarán cuando sean necesarias, garantizando la celebración de al
menos una al año.
TÍTULO IV. PROCEDIMIENTO ADMISIÓN DE ALUMNOS
Artículo 8.- Alumnos/as matriculados/as.
Los padres, madres, tutores/as o representantes legales de los niños/as matriculados/as
ininterrumpidamente, si no manifiestan expresamente su voluntad de abandonar el Centro,
tendrán prioridad de obtención de plaza sobre las nuevas incorporaciones y no necesitarán
renovar la matriculación.
Artículo 9.- Alumnos/as – Nuevas incorporaciones. Solicitud y documentación.
La solicitud de plaza para nuevas incorporaciones, según modelo normalizado y presentada
dentro del plazo que se establezca al efecto, se dirigirá al Alcalde/sa Presidente/a del Excmo.
Ayuntamiento de Navaconcejo, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o por
cualquiera de las formas previstas en la legislación vigente de Procedimiento Administrativo.
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
* Fotocopia del DNI del padre o madre, tutor/a, representante legal.
* Certificado de empadronamiento colectivo de la unidad familiar (El Ayuntamiento podrá
recabarlo internamente).
CVE:
BOP-2021-2186
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de mayo de 2021
N.º 0087
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