Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2021-2160)
BOP-2021-2160 Bases que han de regir la Convocatoria y el Proceso de selección Gerocultor/a.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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OCTAVO. Relación de Aprobados/as, Acreditación de Requisitos Exigidos y Formalización del
Contrato.
Una vez reunido el Tribunal de calificador, se procederá a la publicación del listado con la
puntuación provisional, que será publicada en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en su
tablón de anuncios, concediéndose un plazo de dos días hábiles para que se puedan efectuar
reclamaciones.
Finalizado el plazo de reclamaciones a la valoración de las puntuaciones obtenidas por los/as
aspirantes, el Tribunal procederá a la resolución de las reclamaciones presentadas,
publicándose la lista definitiva.
Concluido el proceso de selección, se elevará al órgano competente propuesta de candidatos
para la formalización de los contratos, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas
convocadas. Cualquier propuesta de aprobados/as que contravenga lo anteriormente
establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a la formalización de los contratos previa acreditación de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda,
en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la
representación legal de los/as trabajadores/as, mediante entrega de una copia básica de los
contratos celebrados.
Téngase en cuenta que hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos de
trabajo correspondientes, los/as aspirantes no tendrán derecho a percepción económica
alguna.
Con el/la adjudicatario/a se celebrará contrato laboral temporal. Existiendo un período de
prueba de 15 días.
NOVENO. Constitución de bolsa de empleo.
Se constituirá una bolsa de empleo con las personas que superen el proceso de selección y no
resulten contratadas, a fin de que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran
resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente debidas [bajas por enfermedad,
maternidad, etc.]. La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.
CVE:
BOP-2021-2160
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 10 de mayo de 2021
N.º 0086
Pág. 9498
Contrato.
Una vez reunido el Tribunal de calificador, se procederá a la publicación del listado con la
puntuación provisional, que será publicada en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en su
tablón de anuncios, concediéndose un plazo de dos días hábiles para que se puedan efectuar
reclamaciones.
Finalizado el plazo de reclamaciones a la valoración de las puntuaciones obtenidas por los/as
aspirantes, el Tribunal procederá a la resolución de las reclamaciones presentadas,
publicándose la lista definitiva.
Concluido el proceso de selección, se elevará al órgano competente propuesta de candidatos
para la formalización de los contratos, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas
convocadas. Cualquier propuesta de aprobados/as que contravenga lo anteriormente
establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a la formalización de los contratos previa acreditación de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda,
en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la
representación legal de los/as trabajadores/as, mediante entrega de una copia básica de los
contratos celebrados.
Téngase en cuenta que hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos de
trabajo correspondientes, los/as aspirantes no tendrán derecho a percepción económica
alguna.
Con el/la adjudicatario/a se celebrará contrato laboral temporal. Existiendo un período de
prueba de 15 días.
NOVENO. Constitución de bolsa de empleo.
Se constituirá una bolsa de empleo con las personas que superen el proceso de selección y no
resulten contratadas, a fin de que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran
resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente debidas [bajas por enfermedad,
maternidad, etc.]. La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.
CVE:
BOP-2021-2160
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 10 de mayo de 2021
N.º 0086
Pág. 9498