Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2021-2012)
BOP-2021-2012 Aprobación definitiva Modificación de la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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-Subvenciones destinadas a sufragar gastos de actividades deportivas que organizan las
Asociaciones Deportivas, Federaciones etc., financiando competiciones y eventos
deportivos con motivo de las fiestas del Municipio.
-Subvenciones la compra de dotación de equipamientos para dichas asociaciones y para
aquellos deportistas que de manera individual tengan un reconocimiento por sus méritos
en el deporte que practican.
En el equipamiento subvencionado deberá figurar incorporado el logotipo de Ayuntamiento de
Alcuéscar.
Las subvenciones otorgadas para gastos deportivos lo serán por el todo del importe o por una
parte de los/as mismos/as a decisión de la Corporación teniendo en cuenta los equipos y
deportistas que puedan solicitarlas.
d) Educación: serán subvencionables los cursos, seminarios y otras actividades relacionadas
con la formación.
e) Juventud: fomento e implantación del asociacionismo.
f) Tercera edad: actividades de fomento e implantación del asociacionismo en el sector.
g) Turismo social: aquellas actividades turísticas con un marcado objeto cultural.
h) Sanidad y consumo: actividades de formación en este sector.
i) Medio ambiente: cursos y actividades de sensibilización con el medio ambiente.
j) Participación ciudadana: con destino a subvencionar a las Entidades ciudadanas y a las
Asociaciones de Vecinos/as.
En ningún caso serán subvencionables los programas, actividades, o adquisición de material
para los que se hayan convocado Planes a nivel provincial o regional, siempre que estén
abiertos a los/as peticionarios/as a que se refiere la base siguiente, salvo que, realizada la
oportuna solicitud en tiempo y forma, su inclusión en ellos haya sido denegada.
ARTÍCULO 3. Beneficiarios/as.
a) Tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones la persona que haya de realizar la
actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su
concesión.
CVE:
BOP-2021-2012
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 3 de mayo de 2021
N.º 0081
Pág. 8831
Asociaciones Deportivas, Federaciones etc., financiando competiciones y eventos
deportivos con motivo de las fiestas del Municipio.
-Subvenciones la compra de dotación de equipamientos para dichas asociaciones y para
aquellos deportistas que de manera individual tengan un reconocimiento por sus méritos
en el deporte que practican.
En el equipamiento subvencionado deberá figurar incorporado el logotipo de Ayuntamiento de
Alcuéscar.
Las subvenciones otorgadas para gastos deportivos lo serán por el todo del importe o por una
parte de los/as mismos/as a decisión de la Corporación teniendo en cuenta los equipos y
deportistas que puedan solicitarlas.
d) Educación: serán subvencionables los cursos, seminarios y otras actividades relacionadas
con la formación.
e) Juventud: fomento e implantación del asociacionismo.
f) Tercera edad: actividades de fomento e implantación del asociacionismo en el sector.
g) Turismo social: aquellas actividades turísticas con un marcado objeto cultural.
h) Sanidad y consumo: actividades de formación en este sector.
i) Medio ambiente: cursos y actividades de sensibilización con el medio ambiente.
j) Participación ciudadana: con destino a subvencionar a las Entidades ciudadanas y a las
Asociaciones de Vecinos/as.
En ningún caso serán subvencionables los programas, actividades, o adquisición de material
para los que se hayan convocado Planes a nivel provincial o regional, siempre que estén
abiertos a los/as peticionarios/as a que se refiere la base siguiente, salvo que, realizada la
oportuna solicitud en tiempo y forma, su inclusión en ellos haya sido denegada.
ARTÍCULO 3. Beneficiarios/as.
a) Tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones la persona que haya de realizar la
actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su
concesión.
CVE:
BOP-2021-2012
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 3 de mayo de 2021
N.º 0081
Pág. 8831