Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-1858)
BOP-2021-1858 EXTRACTO. VIII Edición Premios PIE 2021.
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motivando la resolución.
TERCERO. RÉGIMEN DE PAGO.
Las ayudas concedidas a través de la presente Convocatoria tendrán carácter prepagable,
debido a la necesidad de financiación previa que necesitan los/as emprendedores/as para
poder poner en marcha las iniciativas emprendedoras enmarcadas en estos premios, por tanto,
la Diputación procederá al pago de las mismas, una vez se produzca la concesión definitiva de
las ayudas y, con anterioridad a la presentación de la correspondiente justificación, de
conformidad con lo establecido en la Base 41 de las Bases de Ejecución del Presupuesto para
el año en curso y en el art. 34.4 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y, en todo caso,
siempre que la entidad beneficiaria no tenga cantidades pendientes de reintegrar relativas a
expedientes de subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
CUARTO. ENTIDADES BENEFICIARIAS: REQUISITOS Y OBLIGACIONES.
ENTIDADES BENEFICIARIAS:
Podrán participar en los premios aquellas personas, físicas o jurídicas, que vayan a desarrollar
un nuevo proyecto emprendedor.
No podrán participar quienes hayan sido premiados/as en ediciones anteriores por el mismo
proyecto o idea, así como aquellos/as cuyo proyecto haya sido premiado en alguna
convocatoria pública de ámbito regional, nacional e internacional.
En el caso de las personas físicas la participación podrá ser a título individual o en grupo; si la
participación fuera en grupo se deberá dejar constancia identificativa de todos/as los/as
promotores/as de la idea o proyecto, haciendo constar expresamente en la solicitud (ANEXO I)
los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el
importe de la subvención a aplicar por cada uno/a de ellos/as, debiendo nombrarse un/a
representante o apoderado/a único/a con poderes bastantes para cumplir con las obligaciones
que como beneficiario/a corresponden a la agrupación. La cuantía del premio será abonada a
quien conste, en este último caso, como representante de la agrupación. La cuantía del premio
debe dividirse entre el número de personas físicas que presentan el proyecto emprendedor.
REQUISITOS:
1. El proyecto deberá implantarse en un término municipal de la provincia de Cáceres con
menos de 20.000 habitantes.
CVE:
BOP-2021-1858
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de abril de 2021
N.º 0077
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