Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-1856)
BOP-2021-1856 VIII Edición Premios PIE 2021.
20 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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obtenido mayor puntuación en el apartado correspondiente al criterio de valoración “capacidad
de implantación del proyecto”. Si aun así persistiera el empate, se resolverá por sorteo.
Finalizado el proceso el Jurado emitirá una propuesta de concesión de los premios, que se
elevará por el órgano instructor en forma de propuesta de Resolución a la Presidencia de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
Base Séptima: PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN, ÓRGANOS COMPETENTES.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: La concesión de los presentes premios se realizará
mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a los principios de
publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
El procedimiento se iniciará de oficio mediante aprobación de esta Convocatoria por
Resolución de la Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres u órgano en el
que delegue, y su posterior publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
ÓRGANOS COMPETENTES: El órgano competente para la instrucción del procedimiento
previsto en esta Convocatoria será el Área de Reto Demográfico, Desarrollo Sostenible,
Juventud y Turismo de la Diputación Provincial de Cáceres.
El órgano competente para la Resolución de la convocatoria es el Ilmo. Sr. Presidente de la
Diputación Provincial de Cáceres, quien resolverá sobre los premios, sin perjuicio de lo que
dispongan las delegaciones competenciales vigentes. Dicha Resolución se notificará a los/as
ganadores/as y la entrega de los premios se hará en acto público convocado al efecto.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución final del procedimiento no podrá exceder
de seis meses, a contar a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria,
transcurrido el cual la solicitud de concesión de la subvención se entenderá desestimada por
silencio administrativo, dicha Resolución informará de la relación de beneficiarios/as, el
proyecto o actuación aprobada, el importe concedido y cualquier otro detalle que se considere
de interés. Asimismo, informará de la relación de los/as no beneficiarios/as y de la causa que
fundamentó la denegación de la ayuda.
Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, a partir del
día del siguiente a su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante la Ilma. Sra.
Presidenta de la Diputación, en el plazo de un mes o en el plazo de dos meses, Recurso
Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de dicha Jurisdicción de Cáceres.
CVE:
BOP-2021-1856
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de abril de 2021
N.º 0077
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de implantación del proyecto”. Si aun así persistiera el empate, se resolverá por sorteo.
Finalizado el proceso el Jurado emitirá una propuesta de concesión de los premios, que se
elevará por el órgano instructor en forma de propuesta de Resolución a la Presidencia de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
Base Séptima: PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN, ÓRGANOS COMPETENTES.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: La concesión de los presentes premios se realizará
mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a los principios de
publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
El procedimiento se iniciará de oficio mediante aprobación de esta Convocatoria por
Resolución de la Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres u órgano en el
que delegue, y su posterior publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
ÓRGANOS COMPETENTES: El órgano competente para la instrucción del procedimiento
previsto en esta Convocatoria será el Área de Reto Demográfico, Desarrollo Sostenible,
Juventud y Turismo de la Diputación Provincial de Cáceres.
El órgano competente para la Resolución de la convocatoria es el Ilmo. Sr. Presidente de la
Diputación Provincial de Cáceres, quien resolverá sobre los premios, sin perjuicio de lo que
dispongan las delegaciones competenciales vigentes. Dicha Resolución se notificará a los/as
ganadores/as y la entrega de los premios se hará en acto público convocado al efecto.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución final del procedimiento no podrá exceder
de seis meses, a contar a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria,
transcurrido el cual la solicitud de concesión de la subvención se entenderá desestimada por
silencio administrativo, dicha Resolución informará de la relación de beneficiarios/as, el
proyecto o actuación aprobada, el importe concedido y cualquier otro detalle que se considere
de interés. Asimismo, informará de la relación de los/as no beneficiarios/as y de la causa que
fundamentó la denegación de la ayuda.
Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, a partir del
día del siguiente a su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante la Ilma. Sra.
Presidenta de la Diputación, en el plazo de un mes o en el plazo de dos meses, Recurso
Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de dicha Jurisdicción de Cáceres.
CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de abril de 2021
N.º 0077
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