Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2021-1799)
BOP-2021-1799 Aprobacion definitiva Ordenanza reguladora tenencia y circulación de Animales.
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- Real Decreto 3250/1983, de 7 de diciembre, por el que se regula el uso de perros guía
para deficientes visuales.
- Orden de Presidencia de 18 de junio de 1985.
- Ley 11/2014, de 9 de diciembre, de Accesibilidad Universal de Extremadura.
- Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, sobre tráfico, circulación y
seguridad vial.
- Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación.
- Y demás normativa que pueda ser de aplicación.
La presente Ordenanza se dicta en virtud de la potestad atribuida en los artículos, 84.1.a) y
123.1,d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de las
competencias conferidas en la Ley 5/2002, de 23 de mayo, de Protección de los Animales en la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 2.
Estarán sujetos a la previa obtención de Licencia Municipal en los términos que determina en
su caso el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas las
actividades siguientes:
Criaderos de animales de compañía.
Guarderías de los mismos.
Establecimientos dedicados a su compraventa.
Servicios de acicalamiento en general.
Consultorios, clínicas y hospitales veterinarios.
Canódromos.
Centros de adiestramiento.
Refugios y centros de recuperación de animales.
Establecimientos hípicos con fines recreativos, deportivos y turísticos.
Cualesquiera otras actividades afines no comprendidas entre las anteriores, incluyendo
las perreras deportivas, rehalas o jaurías, y los suministros de animales a Laboratorios.
Artículo 3.
A los efectos de la presente Ordenanza se entenderá por:
CVE:
BOP-2021-1799
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de abril de 2021
N.º 0075
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