Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-1766)
BOP-2021-1766 Convocatoria para la provisión del puesto de Director/a del Area de Medio Ambiente y Transición Ecológica.
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partir del día siguiente a aquel en el que se haga pública la Resolución de la Presidencia, la
siguiente documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y demás requisitos
exigidos en la convocatoria:
a) Copia compulsada del DNI y del Permiso de Conducir.
b) Copia compulsada de la titulación académica exigida o certificación académica que
acredite tener cursados y aprobados los estudios completos correspondientes, así como
abonados los derechos para la expedición del dicha titulación.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado
para el ejercicio de las funciones públicas o de empleo o cargo público por resolución
judicial.
d) Declaración jurada o promesa de no tener otro empleo público en el momento de la
toma de posesión del puesto, así como de no ejercer actividades privadas incompatibles
con el puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo establecido en el artículo
10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de Incompatibilidades del personal al servicio
de las Administraciones Públicas.
e) Certificación acreditativa de la condición de funcionario/a de carrera de cualquiera de
las Administraciones Públicas, o funcionario/a de la Administración Local con habilitación
de carácter nacional pertenecientes a las escalas de Administración General,
Administración Especial o de funcionarios de Administración Local con habilitación de
carácter nacional del subgrupo A1 de clasificación.
En el caso de funcionarios/as pertenecientes a la Diputación Provincial de Cáceres quedarán
exentos/as de presentar la documentación referida en los apartados anteriores que ya obre en
esta Administración.
6.3. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos a que se refiere
el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la
convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
Séptima. Destino y toma de posesión.
7.1. El destino adjudicado será irrenunciable salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de
posesión, se hubiere obtenido otro mediante convocatoria pública. En este caso, se podrá optar
CVE:
BOP-2021-1766
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de abril de 2021
N.º 0074
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