Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaveruela de la Vera. (BOP-2021-1718)
BOP-2021-1718 Aprobación definitiva Ordenanza fiscal por la prestación del servicio de ayuda a domicilio.
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ARTÍCULO 6. NORMAS DE APLICACIÓN.
1. Para la aplicación de la tarifa anterior, se calcularán los ingresos económicos mensuales de
la unidad familiar y se dividirán entre el número de miembros de la misma, con objeto de hallar
los ingresos mensuales por persona. A tal fin, se prorratearán los ingresos de vencimiento
superior al mes y se despreciarán las fracciones inferiores al céntimo de euro, redondeándose
por exceso o por defecto los ingresos mensuales por persona.
2. Se incrementarán los límites mensuales de los ingresos de las diferentes pensiones en los
términos que prevean las sucesivas leyes de Presupuestos Generales del Estado.
ARTÍCULO 7. RECAUDACIÓN Y LIQUIDACIÓN.
La recaudación y liquidación se llevará a cabo por este Ayuntamiento mensualmente, mediante
la formación del correspondiente padrón.
ARTÍCULO 8. RENUNCIA.
Se entenderá que renuncian a la prestación del servicio aquellas personas que incumplan lo
previsto en la presente ordenanza, sin perjuicio de que las cantidades adeudadas puedan ser
hechas efectivas mediante el procedimiento de apremio.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.”
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, se podrá interponer por los/as interesados/as recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, ante el Tribunal Superior de Justicia de de
Extremadura, con sede en Cáceres.
Talaveruela de la Vera, 7 de abril de 2021
M.ª Belén Blanco Villamarín
ALCALDESA PRESIDENTA
CVE:
BOP-2021-1718
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de abril de 2021
N.º 0072
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