Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto. (BOP-2021-1715)
BOP-2021-1715 Aprobación definitiva Ordenanza municipal reguladora de la tenencia de perros y otros animales domésticos.
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CAPÍTULO V.- RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 28.
Toda persona natural o jurídica podrá denunciar ante el Ayuntamiento cualquier infracción de la
presente Ordenanza.
Recibida la denuncia, una vez comprobada la identidad del/la denunciante, se incoará el
oportuno expediente, en averiguación de los hechos denunciados, con la adopción de las
medidas cautelares necesarias hasta la resolución final.
Artículo 29.
Los/as Agentes de la Autoridad deberán prestar colaboración y asistencia cando sean
requeridos por persona natural o jurídica en gestiones e inspecciones relativas al contenido de
esta Ordenanza.
Artículo 30.
Las responsabilidades derivadas del incumplimiento de las obligaciones señaladas en la
presente Ordenanza, serán exigibles no solo por los actos propios, sino también por los de
aquellas personas de quien se deba responder y por el proceder de los animales de los que se
fuese propietario.
INFRACCIONES
Artículo 31.
Se consideran infracciones administrativas, en relación con las materias a que no se refiere
esta Ordenanza, los actos u omisiones que contravengan lo establecido en las normas que
integran su contenido.
Las infracciones se clasifican en: leves, graves y muy graves, conforme se establece en los
artículos siguientes.
Artículo 32.
Se consideran INFRACCIONES LEVES:
a) El incumplimiento del artículo 4.
b) El incumplimiento de los requisitos prescritos en el artículo 5.
CVE:
BOP-2021-1715
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de abril de 2021
N.º 0072
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