Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pescueza. (BOP-2021-1709)
BOP-2021-1709 Reglamento del régimen interno del Centro Residencial de Mayores de Pescueza. (Refundido).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Artículo 6. Corresponde al/a Gerocultor/a - Auxiliar de clínica en Geriatría:
Es el personal que, bajo la dependencia del/a Gerente del Centro o persona que
determine, tienen como función la de asistir al/a usuario/a de la residencia en la
realización de las actividades de la vida diaria que no pueda realizar por él/ella mismo/a,
debido a su dependencia, y efectuar aquellos trabajos encaminados a su atención
personal y de su entorno. Entre otros se indica:
Higiene personal del/a usuario/a.
Limpieza y mantenimiento de los utensilios del/a residente, hacer las camas, recoger la
ropa, llevarla a la lavandería y colaborar en el mantenimiento de las habitaciones.
Dar de comer a aquellos/as usuarios/as que no lo puedan hacer por sí mismos/as. En
este sentido, se ocupará igualmente de la recepción y distribución de las comidas a
los/as usuarios/as.
Realizar los cambios posturales y aquellos servicios auxiliares de acuerdo con su
preparación técnica que le sean encomendados.
Comunicar las incidencias que se produzcan sobre la salud de los/as usuarios/as.
Limpiar y preparar el mobiliario, materiales y aparatos de botiquín.
Acompañar al/a usuario/a en las salidas, paseos, gestiones, excursiones, juegos y
tiempo libre en general. Colaborar con el equipo de profesionales mediante la
realización de tareas elementales que complementen los servicios especializados de
aquellos/as, en aras de proporcionar la autonomía personal del/a residente y su
inserción en la vida social.
En todas las relaciones o actividades del/a residente, procurar complementar el trabajo,
asistencia, educativo y formativo que reciban de los/as profesionales respectivos/as.
Actúa en coordinación y bajo responsabilidad de los/as profesionales de los/as cuales
depende directamente (Gerente y DUE).
Guardará absoluto silencio sobre los procesos patológicos que sufran los/as residentes,
así como asuntos referentes a su intimidad.
En general, todas aquellas actividades que no habiéndose especificado antes, le sean
encomendadas, que estén incluidas en el ejercicio de su profesión y preparación técnica
y que tengan relación con lo señalado anteriormente.
Artículo 7. Corresponde al/la Cocinero/a:
Como responsable del departamento, se ocupará de la organización, distribución y
coordinación de todo el personal adscrito a la cocina, así como de la elaboración y
condimentación de las comidas, con sujeción al menú y regímenes alimentarios que
propondrá para su aprobación a la dirección del Centro y supervisión del departamento
CVE:
BOP-2021-1709
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de abril de 2021
N.º 0072
Pág. 7855
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Artículo 6. Corresponde al/a Gerocultor/a - Auxiliar de clínica en Geriatría:
Es el personal que, bajo la dependencia del/a Gerente del Centro o persona que
determine, tienen como función la de asistir al/a usuario/a de la residencia en la
realización de las actividades de la vida diaria que no pueda realizar por él/ella mismo/a,
debido a su dependencia, y efectuar aquellos trabajos encaminados a su atención
personal y de su entorno. Entre otros se indica:
Higiene personal del/a usuario/a.
Limpieza y mantenimiento de los utensilios del/a residente, hacer las camas, recoger la
ropa, llevarla a la lavandería y colaborar en el mantenimiento de las habitaciones.
Dar de comer a aquellos/as usuarios/as que no lo puedan hacer por sí mismos/as. En
este sentido, se ocupará igualmente de la recepción y distribución de las comidas a
los/as usuarios/as.
Realizar los cambios posturales y aquellos servicios auxiliares de acuerdo con su
preparación técnica que le sean encomendados.
Comunicar las incidencias que se produzcan sobre la salud de los/as usuarios/as.
Limpiar y preparar el mobiliario, materiales y aparatos de botiquín.
Acompañar al/a usuario/a en las salidas, paseos, gestiones, excursiones, juegos y
tiempo libre en general. Colaborar con el equipo de profesionales mediante la
realización de tareas elementales que complementen los servicios especializados de
aquellos/as, en aras de proporcionar la autonomía personal del/a residente y su
inserción en la vida social.
En todas las relaciones o actividades del/a residente, procurar complementar el trabajo,
asistencia, educativo y formativo que reciban de los/as profesionales respectivos/as.
Actúa en coordinación y bajo responsabilidad de los/as profesionales de los/as cuales
depende directamente (Gerente y DUE).
Guardará absoluto silencio sobre los procesos patológicos que sufran los/as residentes,
así como asuntos referentes a su intimidad.
En general, todas aquellas actividades que no habiéndose especificado antes, le sean
encomendadas, que estén incluidas en el ejercicio de su profesión y preparación técnica
y que tengan relación con lo señalado anteriormente.
Artículo 7. Corresponde al/la Cocinero/a:
Como responsable del departamento, se ocupará de la organización, distribución y
coordinación de todo el personal adscrito a la cocina, así como de la elaboración y
condimentación de las comidas, con sujeción al menú y regímenes alimentarios que
propondrá para su aprobación a la dirección del Centro y supervisión del departamento
CVE:
BOP-2021-1709
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de abril de 2021
N.º 0072
Pág. 7855