Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-1648)
BOP-2021-1648 Bases reguladoras de la convocatoria de pruebas selectivas, para la cobertura en propiedad de una plaza de Encargado/a de Electricidad, mediante el sistema de concurso oposición por el turno de promoción interna.
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mismo continúa se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la citada
fase, de seguir existiendo se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado
experiencia laboral de la fase de concurso y de persistir se tendrá en cuenta la mayor
puntuación obtenida en el apartado formación de la citada fase.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres en caso de que persistiese el empate entre candidatos/as se resolverá a
favor de aquella persona cuyo género estuviera subrepresentado en las plazas objeto de la
presente convocatoria.
De persistir dicho empate se resolverá por orden alfabético, iniciándose el escalafonamiento
por el orden de actuación de apellidos establecido según el sorteo a que se refiere la base
quinta de esta convocatoria.
La Resolución de Alcaldía dictada en base a la propuesta formulada por el Tribunal de
Selección donde figura la mencionada relación de aprobados/as y propuesto/a para su
nombramiento como personal funcionario de carrera agota la vía administrativa, pudiendo
los/as interesados/as interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición o bien,
interponer directamente recurso contencioso-administrativo, así como cualquier otro recurso
que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las
normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
La persona aspirante propuesta para el nombramiento presentará ante el Servicio de Recursos
Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, dentro del plazo de veinte días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación del resultado final del concurso oposición,
los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos que para tomar
parte en la misma se exigen en la base segunda de la convocatoria.
El/la aspirante propuesto/a estará exento/a de justificar las condiciones y requisitos ya
acreditados para obtener su anterior nombramiento.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor el/la aspirante propuesto/a no
presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que carece de los
requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia
solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso el Ilmo. Sr. Alcalde efectuará el
nombramiento como personal funcionario de carrera a favor de quien habiendo alcanzado la
puntuación mínima exigida en los ejercicios de la oposición, siga en el orden de clasificación
definitiva.
CVE:
BOP-2021-1648
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de abril de 2021
N.º 0069
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