Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-1621)
BOP-2021-1621 Aprobación definitiva Reglamento sobre Expurgo de Documentos del Archivo Administrativo.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Documentales identificadas en el Ayuntamiento de Cáceres.
El Archivo Administrativo Municipal será el encargado de la elaboración y
revisión del Cuadro de Clasificación. Cualquier modificación formal, de contenido o
de tramitación que se produzca en las series documentales, se comunicará, por
parte de los Servicios u Oficinas, al Archivo Administrativo Municipal para que éste
proceda a una nueva evaluación y actualización.
Artículo 5. Transferencias.
Se entiende por transferencia el traspaso de la documentación que ha cumplido
los plazos de permanencia fijados en el artículo 2, desde un Archivo a otro.
Para realizar transferencias se seguirá el siguiente procedimiento:
Comunicar a la Sección de Archivo Administrativo la relación de documentos
que se desea transferir y su clasificación completa, indicando si se trata de
documentos en papel o electrónicos. La documentación transferida tendrá
que ir acompañada del correspondiente formulario de transferencia, que se
enviará a la Jefa de Sección del Archivo Administrativo por medios
informáticos, tanto si se trata de documentación en papel como electrónica.
Una vez obtenida la conformidad por parte de la Sección de Archivo
Administrativo, el Servicio emisor gestionará el traslado de la
documentación, concertando previamente fecha y hora de entrega con el
Técnico correspondiente del Archivo para proceder a la transferencia, que
se realizará por medios físicos o electrónicos según el tipo de documento.
La documentación en papel se enviará guardada en cajas normalizadas
(modelo “Archivo definitivo”). Las cajas irán identificadas, que deberán
cumplimentar todos los Servicios u Oficinas.
Cuando la documentación se reciba en el Archivo Municipal, éste
comprobará si se corresponde con la indicada en el formulario de
transferencia. En caso contrario, el Archivo indicará al Servicio u Oficina
remitente el/los error/es detectado/s para que se proceda a su subsanación.
En caso de que no se solucionen las deficiencias señaladas en el plazo de
un mes, el Archivo Municipal podrá devolver la documentación al Servicio
remitente. Si la transferencia es correcta, el Archivo Administrativo Municipal
lo notificará al Servicio correspondiente.
Los expedientes y otros documentos, en cualquier tipo de soporte, que se
remitan al Archivo Administrativo Municipal deberán tener la condición de
CVE:
BOP-2021-1621
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de abril de 2021
N.º 0068
Pág. 7290
El Archivo Administrativo Municipal será el encargado de la elaboración y
revisión del Cuadro de Clasificación. Cualquier modificación formal, de contenido o
de tramitación que se produzca en las series documentales, se comunicará, por
parte de los Servicios u Oficinas, al Archivo Administrativo Municipal para que éste
proceda a una nueva evaluación y actualización.
Artículo 5. Transferencias.
Se entiende por transferencia el traspaso de la documentación que ha cumplido
los plazos de permanencia fijados en el artículo 2, desde un Archivo a otro.
Para realizar transferencias se seguirá el siguiente procedimiento:
Comunicar a la Sección de Archivo Administrativo la relación de documentos
que se desea transferir y su clasificación completa, indicando si se trata de
documentos en papel o electrónicos. La documentación transferida tendrá
que ir acompañada del correspondiente formulario de transferencia, que se
enviará a la Jefa de Sección del Archivo Administrativo por medios
informáticos, tanto si se trata de documentación en papel como electrónica.
Una vez obtenida la conformidad por parte de la Sección de Archivo
Administrativo, el Servicio emisor gestionará el traslado de la
documentación, concertando previamente fecha y hora de entrega con el
Técnico correspondiente del Archivo para proceder a la transferencia, que
se realizará por medios físicos o electrónicos según el tipo de documento.
La documentación en papel se enviará guardada en cajas normalizadas
(modelo “Archivo definitivo”). Las cajas irán identificadas, que deberán
cumplimentar todos los Servicios u Oficinas.
Cuando la documentación se reciba en el Archivo Municipal, éste
comprobará si se corresponde con la indicada en el formulario de
transferencia. En caso contrario, el Archivo indicará al Servicio u Oficina
remitente el/los error/es detectado/s para que se proceda a su subsanación.
En caso de que no se solucionen las deficiencias señaladas en el plazo de
un mes, el Archivo Municipal podrá devolver la documentación al Servicio
remitente. Si la transferencia es correcta, el Archivo Administrativo Municipal
lo notificará al Servicio correspondiente.
Los expedientes y otros documentos, en cualquier tipo de soporte, que se
remitan al Archivo Administrativo Municipal deberán tener la condición de
CVE:
BOP-2021-1621
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de abril de 2021
N.º 0068
Pág. 7290