Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-1621)
BOP-2021-1621 Aprobación definitiva Reglamento sobre Expurgo de Documentos del Archivo Administrativo.
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Artículo 7. Funcionamiento de la Comisión.
a)Las reuniones tendrán lugar de forma ordinaria por lo general una vez al
semestre, siempre que existan estudios y propuestas de valoración que
requieran la correspondiente calificación, y de forma extraordinaria cuando
sea necesario.
b)La fijación del orden del día y la convocatoria corresponderá a la
Presidencia de la Comisión de valoración documental.
c)La Comisión de Valoración Documental se reunirá previa citación de la
Secretaría de la Comisión, quien indicará la fecha de la reunión y el orden
del día fijado por la Presidencia.
d)La persona que realice las funciones de Secretaría tendrá voz y no tendrá
voto.
e)La Comisión de Valoración Documental podrá contar con las personas
asesoras que estime oportuno.
f) Las personas titulares de las Jefaturas de Servicio de las unidades
administrativas cuyos documentos vayan a ser objeto de calificación por la
Comisión de Valoración Documental, deberán asistir a requerimiento de
ésta, y podrán estar acompañadas por las personas responsables de la
gestión administrativa de su departamento.
g)Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a
distancia, del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les suplan, y
la de la mitad, al menos, de sus miembros.
h)Las actas de las sesiones de la Comisión de Valoración Documental serán
firmadas por la persona titular de la Secretaría de la Comisión y por la
persona titular de la Presidencia.
i) En todo lo no especificado en este epígrafe, el funcionamiento de la
Comisión de Valoración Documental se ajustará a lo que disponga en su
momento la legislación vigente que regule el Régimen Jurídico del Sector
Público y el Reglamento Orgánico Municipal.
CVE:
BOP-2021-1621
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de abril de 2021
N.º 0068
Pág. 7292
a)Las reuniones tendrán lugar de forma ordinaria por lo general una vez al
semestre, siempre que existan estudios y propuestas de valoración que
requieran la correspondiente calificación, y de forma extraordinaria cuando
sea necesario.
b)La fijación del orden del día y la convocatoria corresponderá a la
Presidencia de la Comisión de valoración documental.
c)La Comisión de Valoración Documental se reunirá previa citación de la
Secretaría de la Comisión, quien indicará la fecha de la reunión y el orden
del día fijado por la Presidencia.
d)La persona que realice las funciones de Secretaría tendrá voz y no tendrá
voto.
e)La Comisión de Valoración Documental podrá contar con las personas
asesoras que estime oportuno.
f) Las personas titulares de las Jefaturas de Servicio de las unidades
administrativas cuyos documentos vayan a ser objeto de calificación por la
Comisión de Valoración Documental, deberán asistir a requerimiento de
ésta, y podrán estar acompañadas por las personas responsables de la
gestión administrativa de su departamento.
g)Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a
distancia, del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les suplan, y
la de la mitad, al menos, de sus miembros.
h)Las actas de las sesiones de la Comisión de Valoración Documental serán
firmadas por la persona titular de la Secretaría de la Comisión y por la
persona titular de la Presidencia.
i) En todo lo no especificado en este epígrafe, el funcionamiento de la
Comisión de Valoración Documental se ajustará a lo que disponga en su
momento la legislación vigente que regule el Régimen Jurídico del Sector
Público y el Reglamento Orgánico Municipal.
CVE:
BOP-2021-1621
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de abril de 2021
N.º 0068
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