Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaván. (BOP-2021-1601)
BOP-2021-1601 Nuevas bases de convocatoria para cubrir una plaza del grupo c1 promoción interna.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la
otorgada a los méritos enunciados en el apartado primero de este artículo según el orden
establecido. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de
carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido
en el proceso selectivo.
SÉPTIMA. Calificación
Resultarán eliminados los aspirantes que no lleguen a una puntuación global de 7 puntos. La
calificación final será la suma aritmética de los puntos obtenidos en las fases de oposición y en
la fase de concurso.
OCTAVA. Relación de Aprobados, Acreditación de Requisitos Exigidos y Nombramiento
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de
aprobados por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección
https://talavan.sedelectronica.es], precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar
el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la
Corporación, que la publicará, una vez realizado el nombramiento, en el Boletín Oficial de la
Provincia.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días
hábiles desde que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia, las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria (Anexo II).
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no acreditasen los
requisitos exigidos en la convocatoria o de la documentación se dedujese que carecen de
alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en sus solicitudes de participación.
La resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía a favor de los aspirantes
propuestos por el Tribunal, quienes deberán tomar posesión dentro del plazo que se
establezca, de acuerdo con el artículo 80 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública
de Extremadura. El nombramiento mencionado se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia. Una vez publicado el nombramiento de funcionario, éste deberá tomar posesión o
incorporarse en el plazo de un mes.
CVE:
BOP-2021-1601
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de abril de 2021
N.º 0067
Pág. 7194
Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la
otorgada a los méritos enunciados en el apartado primero de este artículo según el orden
establecido. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de
carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido
en el proceso selectivo.
SÉPTIMA. Calificación
Resultarán eliminados los aspirantes que no lleguen a una puntuación global de 7 puntos. La
calificación final será la suma aritmética de los puntos obtenidos en las fases de oposición y en
la fase de concurso.
OCTAVA. Relación de Aprobados, Acreditación de Requisitos Exigidos y Nombramiento
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de
aprobados por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección
https://talavan.sedelectronica.es], precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar
el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la
Corporación, que la publicará, una vez realizado el nombramiento, en el Boletín Oficial de la
Provincia.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días
hábiles desde que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia, las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria (Anexo II).
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no acreditasen los
requisitos exigidos en la convocatoria o de la documentación se dedujese que carecen de
alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en sus solicitudes de participación.
La resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía a favor de los aspirantes
propuestos por el Tribunal, quienes deberán tomar posesión dentro del plazo que se
establezca, de acuerdo con el artículo 80 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública
de Extremadura. El nombramiento mencionado se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia. Una vez publicado el nombramiento de funcionario, éste deberá tomar posesión o
incorporarse en el plazo de un mes.
CVE:
BOP-2021-1601
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de abril de 2021
N.º 0067
Pág. 7194