Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pedroso de Acim. (BOP-2021-1597)
BOP-2021-1597 Ordenanza reguladora de la expedición de tarjetas de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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c) Tendrán la consideración de infracciones muy graves las siguientes:
1º) Uso fraudulento de un duplicado de tarjeta de estacionamiento.
2º) Falsificación de documentos para la obtención de la tarjeta de
estacionamiento.
3º) Utilizar una tarjeta de estacionamiento reproducida, falsificada, manipulada o
anulada.
4º) No permitir el examen de la tarjeta de estacionamiento por la autoridad
competente.
5º) Ceder, prestar, alquilar o vender la tarjeta de estacionamiento a otra persona
distinta a la titular. La sanción se impondrá a la persona titular de la tarjeta de
estacionamiento, con independencia de quien realice el uso la misma, y sin
perjuicio de la responsabilidad penal en que esta pudiera incurrir.
6º) El uso de la tarjeta de estacionamiento de una persona familiar fallecida.
7º) No hacer entrega de la tarjeta de estacionamiento si ha sido requerido o
requerida a ello.
8º) La reiteración de dos faltas graves en dos años.
ARTÍCULO 14. SANCIONES.
1. Las infracciones consideradas como leves serán sancionadas con multa de hasta 100,00
euros. 2. Las infracciones consideradas como graves serán sancionadas con multa de hasta
300,00 euros o con la retirada por un periodo de 3 meses de la tarjeta de estacionamiento.
3. Las infracciones consideradas como muy graves serán sancionadas con multa de hasta
1.000,00 euros o con la retirada de la tarjeta de estacionamiento por un tiempo superior a tres
meses e inferior a dos años, o bien con la revocación de la tarjeta de estacionamiento de forma
indefinida, no pudiendo volver a solicitarse la misma.
4. En caso de que la sanción impuesta consista en la retirada de la tarjeta de estacionamiento,
mientras dure la misma no se podrá emitir otra a la misma persona beneficiaria. A tal efecto, el
Ayuntamiento comunicará al órgano encargado del registro extremeño de tarjetas de
estacionamiento las sanciones impuestas, especialmente las consistentes en la retirada de en
la retirada de la tarjeta de estacionamiento.
CVE:
BOP-2021-1597
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de abril de 2021
N.º 0067
Pág. 7179
1º) Uso fraudulento de un duplicado de tarjeta de estacionamiento.
2º) Falsificación de documentos para la obtención de la tarjeta de
estacionamiento.
3º) Utilizar una tarjeta de estacionamiento reproducida, falsificada, manipulada o
anulada.
4º) No permitir el examen de la tarjeta de estacionamiento por la autoridad
competente.
5º) Ceder, prestar, alquilar o vender la tarjeta de estacionamiento a otra persona
distinta a la titular. La sanción se impondrá a la persona titular de la tarjeta de
estacionamiento, con independencia de quien realice el uso la misma, y sin
perjuicio de la responsabilidad penal en que esta pudiera incurrir.
6º) El uso de la tarjeta de estacionamiento de una persona familiar fallecida.
7º) No hacer entrega de la tarjeta de estacionamiento si ha sido requerido o
requerida a ello.
8º) La reiteración de dos faltas graves en dos años.
ARTÍCULO 14. SANCIONES.
1. Las infracciones consideradas como leves serán sancionadas con multa de hasta 100,00
euros. 2. Las infracciones consideradas como graves serán sancionadas con multa de hasta
300,00 euros o con la retirada por un periodo de 3 meses de la tarjeta de estacionamiento.
3. Las infracciones consideradas como muy graves serán sancionadas con multa de hasta
1.000,00 euros o con la retirada de la tarjeta de estacionamiento por un tiempo superior a tres
meses e inferior a dos años, o bien con la revocación de la tarjeta de estacionamiento de forma
indefinida, no pudiendo volver a solicitarse la misma.
4. En caso de que la sanción impuesta consista en la retirada de la tarjeta de estacionamiento,
mientras dure la misma no se podrá emitir otra a la misma persona beneficiaria. A tal efecto, el
Ayuntamiento comunicará al órgano encargado del registro extremeño de tarjetas de
estacionamiento las sanciones impuestas, especialmente las consistentes en la retirada de en
la retirada de la tarjeta de estacionamiento.
CVE:
BOP-2021-1597
Verificable
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Lunes, 12 de abril de 2021
N.º 0067
Pág. 7179