Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2021-1591)
BOP-2021-1591 Provisión de una plaza de Técnico/a Medio/a Administración General.
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ella deberá acompañarse:
Fotocopia del DNI.
Fotocopia de la titulación requerida.
La solicitud de participación deberá ir acompañada, necesariamente, del
comprobante o justificante (original) que acredite el abono íntegro de la tasa por
derechos de examen, o bien de los documentos que acrediten estar exento/a de
su abono, según lo estipulado en el apartado 3.2.3 de estas bases. No se
admitirá el pago de tasas por internet.
Para acreditar el abono de la tasa será imprescindible presentar un documento original o
fotocopia compulsada que venga sellado o validado por la entidad bancaria
correspondiente, y donde figure el NOMBRE Y APELLIDOS o el número del DNI del/a
ASPIRANTE. (Por lo tanto, en ningún caso se admitirá un resguardo de abono de tasa
que se descargue/imprima por el/la propio/a interesado/a, si no cuenta con el sello o
validación de la entidad bancaria).
En el caso de aspirantes con discapacidad que soliciten adaptación de tiempo y/o
medios, deberán tener reconocido/a por la Administración competente un grado de
discapacidad igual o superior al 33%, debiéndose acreditar esta circunstancia en el
momento de presentación de la solicitud.
Los/as aspirantes con discapacidad igual o superior al 33% deberán indicar en la
solicitud, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que precisen para la
realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, siempre que no
quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción o menoscabo del
nivel de suficiencia exigible, acreditando la discapacidad mediante certificado expedido
por el órgano competente.
En estos casos la solicitud deberá adjuntar el dictamen médico facultativo emitido por el
órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma
fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de minusvalía
reconocido, a efectos de que el Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la
concesión de la adaptación solicitada, dado que la adaptación no se otorgará de forma
automática, sino únicamente en aquellos casos en que la discapacidad guarde relación
directa con la prueba a realizar.
La adaptación de tiempos consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la
realización de los ejercicios, y se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la
CVE:
BOP-2021-1591
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de abril de 2021
N.º 0067
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