Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2021-1439)
BOP-2021-1439 Provisión de cinco Plazas de Agente de Policia Local mediante oposición libre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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3.6. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan
quedado definitivamente excluidos de las pruebas selectivas. A tal efecto, el reintegro se
realizará previa solicitud de los interesados. No se precederá a la devolución de tasas en los
supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a la
persona interesada.
3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.8. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes,
pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en
el apartado 3.4 de la base tercera, para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no
se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa Presidenta de la
Corporación dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos, así como
la de excluidos. Dicha resolución se publicará en el B.O.P. de Cáceres, en el tablón de
anuncios y página web del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, junto con la relación de
aspirantes excluidos y causas que han motivado su exclusión.
4.2. Los aspirantes excluidos, así como los omitidos en las relaciones de admitidos y excluidos,
dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de
la lista provisional de admitidos y excluidos en el B.O.P. de Cáceres, para subsanar los
defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y
excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanaren la exclusión o
aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
4.3. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el B.O.P. de Cáceres y en
la página web del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata la resolución elevando a definitiva la
lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con la inclusión correspondiente como
admitidos de aquellos que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones.
4.4. Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras
que resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso
CVE:
BOP-2021-1439
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 5 de abril de 2021
N.º 0062
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trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan
quedado definitivamente excluidos de las pruebas selectivas. A tal efecto, el reintegro se
realizará previa solicitud de los interesados. No se precederá a la devolución de tasas en los
supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a la
persona interesada.
3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.8. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes,
pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en
el apartado 3.4 de la base tercera, para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no
se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa Presidenta de la
Corporación dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos, así como
la de excluidos. Dicha resolución se publicará en el B.O.P. de Cáceres, en el tablón de
anuncios y página web del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, junto con la relación de
aspirantes excluidos y causas que han motivado su exclusión.
4.2. Los aspirantes excluidos, así como los omitidos en las relaciones de admitidos y excluidos,
dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de
la lista provisional de admitidos y excluidos en el B.O.P. de Cáceres, para subsanar los
defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y
excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanaren la exclusión o
aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
4.3. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el B.O.P. de Cáceres y en
la página web del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata la resolución elevando a definitiva la
lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con la inclusión correspondiente como
admitidos de aquellos que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones.
4.4. Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras
que resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso
CVE:
BOP-2021-1439
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 5 de abril de 2021
N.º 0062
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