Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2021-1433)
BOP-2021-1433 Bases que han de regir la convocatoria y el proceso de selección de Concurso-Oposición para proveer temporalmente la vacante de Encargado/a de Obras.
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lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.
El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia, al menos, de la mitad de sus
miembros, titulares o suplentes indistintamente, ni sin la presencia del/a Presidente/a y el/la
Secretario/a.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
La abstención y recusación de los/as miembros del Tribunal será de conformidad con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
SEXTA. SISTEMAS DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DE LOS PROCESOS.
El procedimiento de selección de los/as aspirantes se realizará mediante concurso-oposición
para proveer mediante contratación laboral, la vacante de Encargado/a de Obras, hasta su
cobertura definitiva.
La valoración del proceso selectivo se efectuará sobre una puntuación máxima de 100 puntos,
distribuidos de la siguiente forma: la fase de oposición supondrá un máximo de 60 puntos y la
fase del concurso un máximo de 40 puntos. Las calificaciones finales de los/as aspirantes que
hubieran superado todas las pruebas del proceso selectivo vendrán determinadas por el
promedio de la suma de las puntuaciones obtenidas en las pruebas.
FASE DE OPOSICIÓN:
La fase de oposición será previa a la del concurso. Consistirá en la realización de una prueba
práctica de aptitud, eliminatoria y obligatoria para los/as aspirantes, calificándose hasta un
máximo de 60 puntos, siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de
30 puntos. La puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando la media
aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno/a de los/as miembros del Tribunal.
Los/as aspirantes serán convocados/as en llamamiento único, siendo excluidos/as de la
oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y
libremente apreciada por el Tribunal. En su caso, si no se pudiera realizar de forma simultánea
por todos/as los/as aspirantes, para el orden de actuación será necesario atender al resultado
del sorteo al que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los/as Funcionarios/as Civiles de la Administración General del Estado aprobado
por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
CVE:
BOP-2021-1433
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 5 de abril de 2021
N.º 0062
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