Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2021-1386)
BOP-2021-1386 Bases para la Convocatoria de Ayudas a Asociaciones, Agrupaciones y Entidades, para el desarrollo de Programas y Actividades Socio-Culturales y Participativas en la anualidad 2021.
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Si la solicitud presentase algún defecto, se requerirá al/a peticionario/a para que en el plazo de
diez días se procede a su subsanación, advirtiéndole que en caso contrario se procederá a su
archivo.
4º.- La presentación de la correspondiente solicitud supone la aceptación de las presentes
bases.
BASE TERCERA.- CUANTÍA.
Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad que se especifique en la partida
correspondiente, con cargo a la aplicación de los Presupuestos Municipales del ejercicio en
cuestión.
Se subvencionará como máximo hasta 400 € de la actividad si se realiza dentro del propio
municipio, y hasta el 150 € si la actividad se realiza fuera del municipio.
La concesión de las presentes subvenciones tiene carácter condicionado (condición
suspensiva) a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario en
que vaya a ejecutarse el gasto que supone el pago de las mismas.
BASE CUARTA.- SELECCIÓN.
La valoración y selección de solicitudes se realizará por la Comisión de Economía, Hacienda y
Especial de Cuentas correspondiente, siendo competencia de la Alcaldía dictar la resolución
definitiva sobre las mismas, en el momento en que se determine.
BASE QUINTA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN.
Para la determinación y distribución de las ayudas se tendrán en cuenta con carácter general
los siguientes criterios:
- Destinar las ayudas a proyectos o actividades abiertos en participación a todos/as los/las
vecinos/as de Navas del Madroño, incluso si no son asociados/as de la entidad.
- Criterio de necesidad. - Naturaleza y contenido del proyecto y actividades para los que se
solicita subvención.
- Importancia de la actividad en la vida local.
- Aportación económica, en su caso, de la propia entidad.
CVE:
BOP-2021-1386
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de marzo de 2021
N.º 0060
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diez días se procede a su subsanación, advirtiéndole que en caso contrario se procederá a su
archivo.
4º.- La presentación de la correspondiente solicitud supone la aceptación de las presentes
bases.
BASE TERCERA.- CUANTÍA.
Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad que se especifique en la partida
correspondiente, con cargo a la aplicación de los Presupuestos Municipales del ejercicio en
cuestión.
Se subvencionará como máximo hasta 400 € de la actividad si se realiza dentro del propio
municipio, y hasta el 150 € si la actividad se realiza fuera del municipio.
La concesión de las presentes subvenciones tiene carácter condicionado (condición
suspensiva) a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario en
que vaya a ejecutarse el gasto que supone el pago de las mismas.
BASE CUARTA.- SELECCIÓN.
La valoración y selección de solicitudes se realizará por la Comisión de Economía, Hacienda y
Especial de Cuentas correspondiente, siendo competencia de la Alcaldía dictar la resolución
definitiva sobre las mismas, en el momento en que se determine.
BASE QUINTA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN.
Para la determinación y distribución de las ayudas se tendrán en cuenta con carácter general
los siguientes criterios:
- Destinar las ayudas a proyectos o actividades abiertos en participación a todos/as los/las
vecinos/as de Navas del Madroño, incluso si no son asociados/as de la entidad.
- Criterio de necesidad. - Naturaleza y contenido del proyecto y actividades para los que se
solicita subvención.
- Importancia de la actividad en la vida local.
- Aportación económica, en su caso, de la propia entidad.
CVE:
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Verificable
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Martes, 30 de marzo de 2021
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