Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2021-1386)
BOP-2021-1386 Bases para la Convocatoria de Ayudas a Asociaciones, Agrupaciones y Entidades, para el desarrollo de Programas y Actividades Socio-Culturales y Participativas en la anualidad 2021.
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de Navas del Madroño.
Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en las siguientes normas:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
General de Subvenciones.
- Ordenanza por la que se regula el Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de
Navas del Madroño, aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria
celebrada el día 26 de Septiembre de 2019.
BASE SEGUNDA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
1º.- Las solicitudes, con la documentación que corresponda, se formalizaran según el modelo
que encontrarán en las oficinas municipales, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento de Navas del Madroño y se presentaran en el Registro del mismo hasta el día 30
de abril de 2021 (para la anualidad 2021). La solicitud estará firmada por el Presidente/a de la
Asociación o Entidad, acompañado de fotocopia del CIF de la misma.
2º.- A los impresos de solicitud se acompañará la documentación siguiente:
a) Proyecto o programa de actividades cuantificado y presupuesto de gastos de las
actividades previstas.
b) Declaración de la entidad de otras ayudas recibidas o solicitadas para el proyecto. El
Ayuntamiento comprobará de oficio que dichos colectivos se encuentran al corriente de
sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Navas del Madroño.
3º.- El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día de publicación de Bando
de la Alcaldía hasta el 30 de abril de la anualidad a que corresponda la subvención (2021),
inclusive, no pudiendo atender las peticiones realizadas con posterioridad.
Recibidas las solicitudes y finalizado el plazo indicado, se procederá por la Comisión de
Economía, Hacienda y Especial de Cuentas a su estudio y valoración, siendo competencia de
la Alcaldía su posterior resolución, teniendo en cuenta en todo caso la cantidad consignada en
la partida correspondiente del Presupuesto a tal efecto.
CVE:
BOP-2021-1386
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de marzo de 2021
N.º 0060
Pág. 6361
Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en las siguientes normas:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
General de Subvenciones.
- Ordenanza por la que se regula el Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de
Navas del Madroño, aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria
celebrada el día 26 de Septiembre de 2019.
BASE SEGUNDA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
1º.- Las solicitudes, con la documentación que corresponda, se formalizaran según el modelo
que encontrarán en las oficinas municipales, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento de Navas del Madroño y se presentaran en el Registro del mismo hasta el día 30
de abril de 2021 (para la anualidad 2021). La solicitud estará firmada por el Presidente/a de la
Asociación o Entidad, acompañado de fotocopia del CIF de la misma.
2º.- A los impresos de solicitud se acompañará la documentación siguiente:
a) Proyecto o programa de actividades cuantificado y presupuesto de gastos de las
actividades previstas.
b) Declaración de la entidad de otras ayudas recibidas o solicitadas para el proyecto. El
Ayuntamiento comprobará de oficio que dichos colectivos se encuentran al corriente de
sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Navas del Madroño.
3º.- El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día de publicación de Bando
de la Alcaldía hasta el 30 de abril de la anualidad a que corresponda la subvención (2021),
inclusive, no pudiendo atender las peticiones realizadas con posterioridad.
Recibidas las solicitudes y finalizado el plazo indicado, se procederá por la Comisión de
Economía, Hacienda y Especial de Cuentas a su estudio y valoración, siendo competencia de
la Alcaldía su posterior resolución, teniendo en cuenta en todo caso la cantidad consignada en
la partida correspondiente del Presupuesto a tal efecto.
CVE:
BOP-2021-1386
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de marzo de 2021
N.º 0060
Pág. 6361