Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremocha. (BOP-2021-1366)
BOP-2021-1366 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida en Torremocha.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
así como en los casos de fallecimiento del/la beneficiario/a, caducidad de la tarjeta o
concurrencia de cualquier otra causa que motive su invalidez.
2. El incumplimiento de estas obligaciones y la utilización fraudulenta de la tarjeta de
estacionamiento podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de estacionamiento o a su
retirada temporal, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que
pudieran derivarse y de las sanciones previstas en esta ordenanza.
CAPÍTULO III
Competencias, procedimiento de concesión, vigencia, renovación y expedición de duplicados
de la tarjeta de estacionamiento.
ARTÍCULO 8. COMPETENCIAS.
1. El Alcalde-Presidente será el órgano competente para la concesión de la tarjeta de
estacionamiento, de las reservas de plazas de aparcamiento y para el ejercicio de la potestad
sancionadora en este ámbito, quien podrá delegar en Concejal Delegado.
2. Corresponderá a la Policía Local desarrollar las tareas de control y vigilancia de utilización
de las tarjetas, y de las plazas reservadas habilitadas al efecto.
ARTÍCULO 9. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA TARJETA DE
ESTACIONAMIENTO.
1. El expediente se iniciará a solicitud del interesado mediante el impreso normalizado (ANEXO
I, II o III), que se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del Ayuntamiento
de Torremocha o por cualquiera de los medios previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
acompañada de:
a. En caso de persona con discapacidad, además de dicha solicitud se aportará:
a.1 Dos fotografías a color de tamaño carné, originales y actuales.
a.2 Certificado de empadronamiento.
a.3 Fotocopia del DNI de la persona interesada, en caso de ser menor de edad y no
disponer de DNI, se aportará fotocopia del libro de familia o autorización a sus efectos.
a.4 Documento acreditativo del Grado de Discapacidad.
CVE:
BOP-2021-1366
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
Pág. 6259