Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremocha. (BOP-2021-1366)
BOP-2021-1366 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida en Torremocha.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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a. La correcta utilización de la misma, conforme a las condiciones de uso previstas en el
artículo 5, quedando expresamente prohibida la cesión por parte del titular de la tarjeta de
estacionamiento a favor de otra persona física o jurídica, así como su manipulación,
falsificación o deterioro intencionado.
b. La tarjeta de estacionamiento, siempre documento original, se colocará en el salpicadero o
parabrisas delantero del vehículo por el interior de forma que su anverso resulte claramente
legible desde el exterior y deberá permitirse su examen por la autoridad competente cuando
ésta así lo requiera.
En el caso de encontrarse la tarjeta en proceso de renovación por haber transcurrido el plazo
de validez, deberá colocarse junto a la tarjeta documento emitido por el Ayuntamiento
certificando que dicha tarjeta se encuentra en periodo de renovación.
c. Identificarse cuando así lo requiera un agente de la autoridad, acreditando su identidad con
el documento nacional de identidad, número de identificación fiscal, tarjeta de residencia o
cualquier otro documento oficial identificativo, sin el cual no podrá hacer uso de la tarjeta de
estacionamiento. Los menores de 14 años podrán acreditar su identidad mediante la exhibición
del documento de reconocimiento de grado de discapacidad.
d. El/la conductor/a del vehículo que esté haciendo uso de la tarjeta deberá en todo caso
cumplir las indicaciones de los/as agentes que regulan el tráfico.
e. El/la titular está obligado a comunicar al Ayuntamiento de Torremocha cualquier variación de
los datos facilitados para la obtención de la tarjeta de estacionamiento, en un plazo no superior
a quince días desde que ocurra el hecho, al objeto de comprobar si procede mantener su
vigencia o anularla.
f. En caso de pérdida, robo o destrucción, deberá comunicarlo inmediatamente al
Ayuntamiento, si procede deberá adjuntarse la correspondiente denuncia, y no podrán hacer
uso de los derechos reconocidos a los/as titulares de la tarjeta hasta la expedición de una
nueva.
g. Siempre que el/la titular la renueve u obtenga un duplicado, deberá entregar la anterior para
su anulación. Se exceptúan los casos que implican pérdida, robo o destrucción de la tarjeta,
salvo que ésta aparezca, en cuyo caso sí será obligatoria su entrega.
h. La tarjeta de estacionamiento será devuelta, por su titular o por sus herederos/asal
Ayuntamiento de Torremocha cuando finalice el término de su vigencia, o cuando sea revocada
su concesión por haber dejado aquél de cumplir los requisitos exigidos para su otorgamiento,
CVE:
BOP-2021-1366
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
Pág. 6258
artículo 5, quedando expresamente prohibida la cesión por parte del titular de la tarjeta de
estacionamiento a favor de otra persona física o jurídica, así como su manipulación,
falsificación o deterioro intencionado.
b. La tarjeta de estacionamiento, siempre documento original, se colocará en el salpicadero o
parabrisas delantero del vehículo por el interior de forma que su anverso resulte claramente
legible desde el exterior y deberá permitirse su examen por la autoridad competente cuando
ésta así lo requiera.
En el caso de encontrarse la tarjeta en proceso de renovación por haber transcurrido el plazo
de validez, deberá colocarse junto a la tarjeta documento emitido por el Ayuntamiento
certificando que dicha tarjeta se encuentra en periodo de renovación.
c. Identificarse cuando así lo requiera un agente de la autoridad, acreditando su identidad con
el documento nacional de identidad, número de identificación fiscal, tarjeta de residencia o
cualquier otro documento oficial identificativo, sin el cual no podrá hacer uso de la tarjeta de
estacionamiento. Los menores de 14 años podrán acreditar su identidad mediante la exhibición
del documento de reconocimiento de grado de discapacidad.
d. El/la conductor/a del vehículo que esté haciendo uso de la tarjeta deberá en todo caso
cumplir las indicaciones de los/as agentes que regulan el tráfico.
e. El/la titular está obligado a comunicar al Ayuntamiento de Torremocha cualquier variación de
los datos facilitados para la obtención de la tarjeta de estacionamiento, en un plazo no superior
a quince días desde que ocurra el hecho, al objeto de comprobar si procede mantener su
vigencia o anularla.
f. En caso de pérdida, robo o destrucción, deberá comunicarlo inmediatamente al
Ayuntamiento, si procede deberá adjuntarse la correspondiente denuncia, y no podrán hacer
uso de los derechos reconocidos a los/as titulares de la tarjeta hasta la expedición de una
nueva.
g. Siempre que el/la titular la renueve u obtenga un duplicado, deberá entregar la anterior para
su anulación. Se exceptúan los casos que implican pérdida, robo o destrucción de la tarjeta,
salvo que ésta aparezca, en cuyo caso sí será obligatoria su entrega.
h. La tarjeta de estacionamiento será devuelta, por su titular o por sus herederos/asal
Ayuntamiento de Torremocha cuando finalice el término de su vigencia, o cuando sea revocada
su concesión por haber dejado aquél de cumplir los requisitos exigidos para su otorgamiento,
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