Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2021-1355)
BOP-2021-1355 Bases para la provisión mediante concurso-oposición promoción interna Siete Plazas de Administrativo/a.
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Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
d) Estar en posesión del Título de Bachiller, FP II o equivalentes, o en condiciones de
obtenerlo antes de la finalización del plazo de presentación de instancias. En el caso de
que la titulación se haya obtenido en el extranjero deberá estarse en posesión de la
credencial que acredite su homologación.
TERCERA. INSTANCIAS Y ADMISIÓN.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo, en las que los/as aspirantes
deberán consignar nombre y apellidos, domicilio, teléfono y número del Documento Nacional
de Identidad y manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base
segunda de la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para
la presentación de las mismas, se dirigirán a la Sra. Alcaldesa Presidenta del Excmo.
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata y se presentarán en el Registro General de éste, en
horario de 09:00 a 14:00 horas, durante el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado,
cuyo anuncio deberá contener la fecha y número del boletín o diario oficial en que se han
publicado las bases. La no presentación de las instancias en tiempo y forma supondrá la
exclusión del/la aspirante.
En la solicitud deberá consignarse la relación de méritos a valorar conforme a lo dispuesto en
la base sexta y acompañarse con la documentación acreditativa de los mismos, en original o
fotocopia compulsada y resguardo del pago de los derechos de examen. En ningún caso se
valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados documentalmente en plazo.
El modelo de solicitud será el que como ANEXO I se acompaña a las presentes Bases.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % deberán
solicitar en su instancia las adaptaciones y ajustes razonables necesarios de tiempo y medios
para la realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las necesidades específicas que
tiene para acceder al proceso de selección en igualdad de condiciones.
CVE:
BOP-2021-1355
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
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