Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2021-1352)
BOP-2021-1352 Plan Estratégico de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja 2021.
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ARTÍCULO 11. PLAZOS.
Con carácter general, el plazo de desarrollo de las subvenciones será el que se establezca en
las bases de la convocatoria, en el correspondiente convenio, en el acuerdo de concesión en
su caso, o en el documento que proceda.
ARTÍCULO 12. COSTES PREVISIBLES.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan Estratégico, requerirá la
inclusión de los créditos correspondientes en el presupuesto de este Excmo. Ayuntamiento de
Moraleja, en su caso, de las bases que rijan la convocatoria de subvenciones, o, en casos
específicos, de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión, o el
acuerdo que apruebe la concesión directa.
Toda concesión de subvención queda supeditada al cumplimiento del principio de estabilidad
presupuestaria y de la regla de gasto.
ARTÍCULO 13. FINANCIACIÓN.
Con carácter general los costes previsibles de este Plan Estratégico se financian con cargo a
créditos iniciales del Presupuesto de Gastos de este Ayuntamiento, en las aplicaciones
presupuestarias que se especifican para cada caso en su anexo.
CAPÍTULO IV. CONTENIDO DEL PLAN, SEGUIMIENTO Y CONTROL.
ARTÍCULO 14. CONTENIDO DEL PLAN.
Las líneas de subvenciones para el ejercicio 2021 se recogen en el anexo que acompaña a
este Plan, y para cada una de ellas se especifica:
- Aplicación presupuestaria en la que se prevé la consignación del crédito correspondiente.
- Sectores a los que se dirigen las subvenciones.
- Objeto y efectos que se pretenden con su aplicación.
- Destinatario/a.
- Modalidad de concesión para distinguir el procedimiento a aplicar en cada caso de
conformidad con lo establecido al respecto en el Capítulo 2 del presente plan.
- Plazo necesario para su consecución.
CVE:
BOP-2021-1352
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
Pág. 6197
Con carácter general, el plazo de desarrollo de las subvenciones será el que se establezca en
las bases de la convocatoria, en el correspondiente convenio, en el acuerdo de concesión en
su caso, o en el documento que proceda.
ARTÍCULO 12. COSTES PREVISIBLES.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan Estratégico, requerirá la
inclusión de los créditos correspondientes en el presupuesto de este Excmo. Ayuntamiento de
Moraleja, en su caso, de las bases que rijan la convocatoria de subvenciones, o, en casos
específicos, de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión, o el
acuerdo que apruebe la concesión directa.
Toda concesión de subvención queda supeditada al cumplimiento del principio de estabilidad
presupuestaria y de la regla de gasto.
ARTÍCULO 13. FINANCIACIÓN.
Con carácter general los costes previsibles de este Plan Estratégico se financian con cargo a
créditos iniciales del Presupuesto de Gastos de este Ayuntamiento, en las aplicaciones
presupuestarias que se especifican para cada caso en su anexo.
CAPÍTULO IV. CONTENIDO DEL PLAN, SEGUIMIENTO Y CONTROL.
ARTÍCULO 14. CONTENIDO DEL PLAN.
Las líneas de subvenciones para el ejercicio 2021 se recogen en el anexo que acompaña a
este Plan, y para cada una de ellas se especifica:
- Aplicación presupuestaria en la que se prevé la consignación del crédito correspondiente.
- Sectores a los que se dirigen las subvenciones.
- Objeto y efectos que se pretenden con su aplicación.
- Destinatario/a.
- Modalidad de concesión para distinguir el procedimiento a aplicar en cada caso de
conformidad con lo establecido al respecto en el Capítulo 2 del presente plan.
- Plazo necesario para su consecución.
CVE:
BOP-2021-1352
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
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