Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hoyos. (BOP-2021-1338)
BOP-2021-1338 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora de vertidos.
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- Características físico-químicas del vertido.
- Volumen del vertido.
- Duración.
- Lugar de la descarga.
- Causas que lo originaron.
- Medidas adoptadas y correcciones para evitar su reproducción en el futuro.
3.- El Ayuntamiento investigará las causas que motivaron la situación de emergencia o de
riesgo, y ello sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiera incurrido el titular de la
actividad procediendo, en un plazo máximo de siete días, a ponerlo en conocimiento de la
Presidencia de la Mancomunidad de Municipios Sierra de Gata, en la forma en que se dispone
en el artículo 17 del Reglamento de Ordenación de Vertidos de Aguas Residuales de la
Mancomunidad de Municipios Sierra de Gata.
TITULO III. REQUISITOS Y AUTORIZACIONES VINCULADAS A LOS VERTIDOS
Artículo 7- Requisitos a los que se deberán someter los Vertidos.
1.- Todos los vertidos que provengan de actividades que sean susceptibles de aportar grasas a
la red pública, tales como restaurantes, estaciones de lavados y engrases, aparcamientos, etc.,
deberán instalar una arqueta separadora de grasas de modelo autorizado por el Ayuntamiento.
2.- Asimismo, los vertidos provenientes de actividades que puedan aportar sedimentos a la red
pública, deberán contar con una arqueta decantadora de sólidos cuyo modelo fijará el
Ayuntamiento, en función de los vertidos efectuados.
Artículo 8- Pretratamiento.
1.- Las empresas que superen los límites generales establecidos en la presente Ordenanza
deberán realizar un pretratamiento para reducir la cantidad de contaminantes. Dicho
pretratamiento quedará recogido en el Proyecto técnico de instalaciones correctoras.
El proyecto de tratamiento corrector deberá ser sometido a la aprobación por el Servicio
Municipal de Saneamiento de la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Gata (SMS –
MMSG) y una vez aprobado el mismo, la construcción y el tratamiento correrán a cargo del/la
usuario/a.
CVE:
BOP-2021-1338
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
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