Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-1328)
BOP-2021-1328 EXTRACTO. Bases que han de regir la concesión de Subvenciones para entidades de Acción Social en la ciudad de Cáceres para el año 2021.
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6. No se subvencionará a aquellas federaciones cuyas asociaciones integrantes hayan
solicitado subvención a través de este Plan.
PROCEDIMIENTO CONCESIÓN Y CONVOCATORIA. La presente convocatoria de ayudas es
de carácter periódico, se tramitará conforme al procedimiento de concurrencia competitiva,
mediante la comparación de las solicitudes presentadas por las entidades, estableciendo un
orden de relación entre ellas de conformidad con los criterios de valoración establecidos en la
Base Décima de la presente resolución.
SOLICITUDES Y DOCUMENTACION. Toda la documentación dirigida a la Concejala de
Asuntos Sociales, Universidad Popular, Educación, Inclusión, Empleo y Accesibilidad del
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, deberá ser presentada en el Registro del Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres, en el plazo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente al de la
publicación de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres. Los/as interesados/as podrán examinar el texto íntegro de
estas Bases en la página WEB de la Base de Datos de Subvenciones dependiente de la
Intervención General del Estado. En el caso de que el último día de plazo recayera en sábado,
domingo o festivo, el plazo se prorrogará hasta el siguiente inmediato día hábil.
DOTACION PRESUPUESTARIA.
Los fondos destinados a la financiación de las ayudas reguladas en estas bases se financian
con cargo a la aplicación presupuestaria 10-23101-8901 y asciende a un importe máximo de
100.000 euros.
Cáceres, 25 de marzo de 2021
María José Pulido Pérez
CONCEJALA DE SERVICIOS SOCIALES
CVE:
BOP-2021-1328
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
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