Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-1327)
BOP-2021-1327 Bases que han de regir la concesion de Subvenciones para Entidades de Acción Social en la ciudad de Cáceres para el año 2021.
29 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Cáceres
Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante
el CSV: 13523555153615747133 en http://sede.caceres.es
2.- Serán subvencionables los proyectos que sean presentados por entidades cuya actividad
principal sea la intervención social objeto de las tres categorías que se especifican a
continuación y como tal esté recogida entre sus estatutos, acreditando además experiencia
en este campo (asociaciones de/que trabajen con personas con discapacidad, sin hogar,
inmigrantes o refugiadas, minorías étnicas, familias en situación de exclusión social, etc.).
3.- Los proyectos subvencionables se dividen en tres categorías, en función de su objeto, las
cuales serán las siguientes:
Categoría A: Dirigida a proyectos destinados a cubrir aquellas necesidades básicas
(manutención, alojamiento, ropa…) de personas en grave situación de exclusión social y
cuyas competencias no estén siendo asumidas por las distintas administraciones o, en su
caso, sean insuficientes para cubrir las necesidades del colectivo en la ciudad.
La consignación presupuestaria para todos los proyectos de esta categoría se fija en
30.000, divididos de la siguiente forma:
10.000€ para proyectos de comedores sociales.
10.000€ para proyectos de reparto de alimentos, ropa y otros bienes de
primera necesidad.
10.000€ para proyectos residenciales y de alojamiento alternativo.
La cuantía máxima a conceder por proyecto de esta categoría, por todos los
conceptos no podrá superar los 10.000€.
Categoría B: Incluirá los proyectos que presenten actuaciones de educación, capacitación,
rehabilitación, terapia, ocio y respiro familiar, etc. dirigidos a mejorar la calidad de vida y
autonomía de las personas con discapacidad y sus familiares.
La consignación presupuestaria para todos los proyectos de esta categoría se fija en
25.000€.
La cuantía máxima a conceder por proyecto de esta categoría, por todos los
conceptos no podrá superar los 3.000€.
Categoría C: Categoría C: Contemplará los proyectos que presenten actuaciones de apoyo
y promoción de la autonomía personal a través de la ayuda a domicilio y apoyo asistencial
de personas mayores o con discapacidad que prevenga su dependencia e
institucionalización y asegure el soporte de sus necesidades básicas dentro de su hogar.
La consignación presupuestaria para todos los proyectos de esta categoría se fija en
45.000€.
La cuantía máxima a conceder por proyecto de esta categoría, por todos los
conceptos no podrá superar los 10.000€.
En caso de no distribuir todo el presupuesto destinado a una categoría o subcategoría, por
la no presentación de proyectos o falta de calidad de éstos, se podrá repartir lo sobrante
entre el resto.
4.- A efectos de garantizar la correcta ejecución de las anteriores actividades, así como el
normal funcionamiento de las asociaciones, se considera coherente con el objeto de la
CVE:
BOP-2021-1327
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
Pág. 6079
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2.- Serán subvencionables los proyectos que sean presentados por entidades cuya actividad
principal sea la intervención social objeto de las tres categorías que se especifican a
continuación y como tal esté recogida entre sus estatutos, acreditando además experiencia
en este campo (asociaciones de/que trabajen con personas con discapacidad, sin hogar,
inmigrantes o refugiadas, minorías étnicas, familias en situación de exclusión social, etc.).
3.- Los proyectos subvencionables se dividen en tres categorías, en función de su objeto, las
cuales serán las siguientes:
Categoría A: Dirigida a proyectos destinados a cubrir aquellas necesidades básicas
(manutención, alojamiento, ropa…) de personas en grave situación de exclusión social y
cuyas competencias no estén siendo asumidas por las distintas administraciones o, en su
caso, sean insuficientes para cubrir las necesidades del colectivo en la ciudad.
La consignación presupuestaria para todos los proyectos de esta categoría se fija en
30.000, divididos de la siguiente forma:
10.000€ para proyectos de comedores sociales.
10.000€ para proyectos de reparto de alimentos, ropa y otros bienes de
primera necesidad.
10.000€ para proyectos residenciales y de alojamiento alternativo.
La cuantía máxima a conceder por proyecto de esta categoría, por todos los
conceptos no podrá superar los 10.000€.
Categoría B: Incluirá los proyectos que presenten actuaciones de educación, capacitación,
rehabilitación, terapia, ocio y respiro familiar, etc. dirigidos a mejorar la calidad de vida y
autonomía de las personas con discapacidad y sus familiares.
La consignación presupuestaria para todos los proyectos de esta categoría se fija en
25.000€.
La cuantía máxima a conceder por proyecto de esta categoría, por todos los
conceptos no podrá superar los 3.000€.
Categoría C: Categoría C: Contemplará los proyectos que presenten actuaciones de apoyo
y promoción de la autonomía personal a través de la ayuda a domicilio y apoyo asistencial
de personas mayores o con discapacidad que prevenga su dependencia e
institucionalización y asegure el soporte de sus necesidades básicas dentro de su hogar.
La consignación presupuestaria para todos los proyectos de esta categoría se fija en
45.000€.
La cuantía máxima a conceder por proyecto de esta categoría, por todos los
conceptos no podrá superar los 10.000€.
En caso de no distribuir todo el presupuesto destinado a una categoría o subcategoría, por
la no presentación de proyectos o falta de calidad de éstos, se podrá repartir lo sobrante
entre el resto.
4.- A efectos de garantizar la correcta ejecución de las anteriores actividades, así como el
normal funcionamiento de las asociaciones, se considera coherente con el objeto de la
CVE:
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Verificable
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Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
Pág. 6079