Sección III - Administración del Estado. Confederaciónes Hidrográficas. Confederación Hidrográfica del Tajo. (BOP-2021-1315)
BOP-2021-1315 Concesión de aguas C-0156/2017.
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Con anterioridad a la extinción del aprovechamiento por finalización del plazo
concesional, el/la titular podrá obtener una nueva concesión para el mismo uso y
destino de las aguas, debiendo formular la solicitud en el trámite de audiencia previa
en el expediente de declaración de extinción o durante los últimos cinco años de la
vigencia de aquella. La tramitación se realizará como una novación de la concesión, de
acuerdo con lo establecido en los arts. 140 a 142 del RDPH (art. 53.3 del TRLA).
La responsabilidad relativa a las condiciones de seguridad de la infraestructura de
captación recae sobre el/la titular de la misma.
El/la concesionario/a deberá proceder para la superficie objeto de concesión a
comunicar a los Servicios del Catastro el cambio de secano a regadío, y proceder a la
inscripción en el Registro de explotaciones de la Consejería de Medio Ambiente y
Rural, Políticas Agrarias y Territorio, como regadío.
Madrid, 18 de marzo de 2021
Javier Díaz-Regañon Jiménez
COMISARIO DE AGUAS
CVE:
BOP-2021-1315
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de marzo de 2021
N.º 0058
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