Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2021-1253)
BOP-2021-1253 Bases/Convocatoria para la constitucion de una Bolsa de Trabajo en las categorias de Peon de Limpieza de edificios, Peon de Limpieza viaria y Peon de Recogida de residuos sólidos urbanos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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DURACION DE LA BOLSA. La presente Bolsa de Trabajo permanecerá vigente durante un
periodo de 3 años contados desde la fecha de la primera contratación, salvo que con
anterioridad a dicha fecha se constituya una nueva Bolsa que la sustituya como consecuencia
de un proceso para la selección de funcionarios/as de carrera o de laborales fijos/as, o en caso
contrario sea necesaria su prórroga por el tiempo que se determine en la Mesa de Negociación
de Empleados/as Públicos/as.
OFRECIMIENTO DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO.
MODALIDAD DEL CONTRATO.- Los contratos de trabajo que se suscriban con las personas
integrantes de la Bolsa de Trabajo serán contratos de duración determinada en la categoría
que corresponda, en cualquiera de las modalidades que para contratación temporal prevé el
Estatuto de los/las Trabajadores/as, en función de las circunstancias que motiven la
contratación (obra o servicio determinado, interinidad, sustituciones en casos de bajas por
incapacidad temporal, etc.).
Las ofertas realizadas tendrán el carácter de propuestas, no generando derechos de ninguna
índole, y pudiendo quedar sin efectos en caso de que desaparezcan las razones de necesidad
que las motivaron.
DURACIÓN DEL CONTRATO.- Con carácter general, los contratos de trabajo derivados de la
presente Bolsa de Trabajo tendrán una duración de 6 meses, a excepción de aquellos que se
suscriban para sustituir a trabajadores/as en situación de baja laboral por incapacidad
temporal, cuya duración será la del tiempo de permanencia del/la trabajador/a sustituido/a en
dicha situación.
Cuando por las circunstancias anteriores, el contrato se suscriba por tiempo inferior a los
referidos en el párrafo anterior para cada una de sus categorías profesionales
correspondientes, el trabajador/a conservará su posición en la bolsa, si bien, el nuevo contrato
que se suscriba, lo será por el tiempo que reste hasta completar el periodo máximo
establecido.
Cada bolsa será cerrada y rotatoria, pasando al final de la lista el/la trabajador/a que realice 6
meses de contrato.
En ningún caso la contratación temporal con un/a mismo/a trabajador/a dentro de cada
categoría profesional superará los 24 meses dentro de un período de 30 meses sin considerar
a estos efectos los contratos de relevo e interinidad. Se comprobará por el Ayuntamiento de
Jaraíz de la Vera, con carácter previo al ofrecimiento de un puesto de trabajo, si dicho/a
aspirante ha prestado con anterioridad servicios para esta Entidad en cualquier categoría y en
CVE:
BOP-2021-1253
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de marzo de 2021
N.º 0057
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periodo de 3 años contados desde la fecha de la primera contratación, salvo que con
anterioridad a dicha fecha se constituya una nueva Bolsa que la sustituya como consecuencia
de un proceso para la selección de funcionarios/as de carrera o de laborales fijos/as, o en caso
contrario sea necesaria su prórroga por el tiempo que se determine en la Mesa de Negociación
de Empleados/as Públicos/as.
OFRECIMIENTO DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO.
MODALIDAD DEL CONTRATO.- Los contratos de trabajo que se suscriban con las personas
integrantes de la Bolsa de Trabajo serán contratos de duración determinada en la categoría
que corresponda, en cualquiera de las modalidades que para contratación temporal prevé el
Estatuto de los/las Trabajadores/as, en función de las circunstancias que motiven la
contratación (obra o servicio determinado, interinidad, sustituciones en casos de bajas por
incapacidad temporal, etc.).
Las ofertas realizadas tendrán el carácter de propuestas, no generando derechos de ninguna
índole, y pudiendo quedar sin efectos en caso de que desaparezcan las razones de necesidad
que las motivaron.
DURACIÓN DEL CONTRATO.- Con carácter general, los contratos de trabajo derivados de la
presente Bolsa de Trabajo tendrán una duración de 6 meses, a excepción de aquellos que se
suscriban para sustituir a trabajadores/as en situación de baja laboral por incapacidad
temporal, cuya duración será la del tiempo de permanencia del/la trabajador/a sustituido/a en
dicha situación.
Cuando por las circunstancias anteriores, el contrato se suscriba por tiempo inferior a los
referidos en el párrafo anterior para cada una de sus categorías profesionales
correspondientes, el trabajador/a conservará su posición en la bolsa, si bien, el nuevo contrato
que se suscriba, lo será por el tiempo que reste hasta completar el periodo máximo
establecido.
Cada bolsa será cerrada y rotatoria, pasando al final de la lista el/la trabajador/a que realice 6
meses de contrato.
En ningún caso la contratación temporal con un/a mismo/a trabajador/a dentro de cada
categoría profesional superará los 24 meses dentro de un período de 30 meses sin considerar
a estos efectos los contratos de relevo e interinidad. Se comprobará por el Ayuntamiento de
Jaraíz de la Vera, con carácter previo al ofrecimiento de un puesto de trabajo, si dicho/a
aspirante ha prestado con anterioridad servicios para esta Entidad en cualquier categoría y en
CVE:
BOP-2021-1253
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de marzo de 2021
N.º 0057
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