Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2021-1250)
BOP-2021-1250 Plan estratégico de subvenciones.
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1.
como finalidad el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción
de una finalidad pública], de carácter plurianual y con carácter previo al nacimiento de las
subvenciones.
Por ello, esta Alcaldía , Resuelve:
Aprobar el Plan estratégico de subvenciones para el año 2021, que se detalla a
continuación
CAPÍTULO l
ARTÍCULO 1.
El establecimiento de subvenciones por este Ayuntamiento durante el período de un año se
ajustará a lo previsto en el presente Plan.
ARTÍCULO 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en Plan requerirá la inclusión las
consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y la
aprobación las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión.
ARTÍCULO 3.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y
las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
ARTÍCULO 4.
La aprobación del Plan Estratégico Subvenciones no supone la generación de derecho alguno
en favor los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación
alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS/AS Y MATERIAS QUE ESTABLECERÁN SUBVENCIONES
ARTÍCULO 5.
El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la
finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para
promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.
CVE:
BOP-2021-1250
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de marzo de 2021
N.º 0057
Pág. 5829
como finalidad el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción
de una finalidad pública], de carácter plurianual y con carácter previo al nacimiento de las
subvenciones.
Por ello, esta Alcaldía , Resuelve:
Aprobar el Plan estratégico de subvenciones para el año 2021, que se detalla a
continuación
CAPÍTULO l
ARTÍCULO 1.
El establecimiento de subvenciones por este Ayuntamiento durante el período de un año se
ajustará a lo previsto en el presente Plan.
ARTÍCULO 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en Plan requerirá la inclusión las
consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y la
aprobación las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión.
ARTÍCULO 3.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y
las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
ARTÍCULO 4.
La aprobación del Plan Estratégico Subvenciones no supone la generación de derecho alguno
en favor los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación
alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS/AS Y MATERIAS QUE ESTABLECERÁN SUBVENCIONES
ARTÍCULO 5.
El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la
finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para
promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.
CVE:
BOP-2021-1250
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de marzo de 2021
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