Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2021-1199)
BOP-2021-1199 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio.
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ARTICULO 19. Funciones de los/las Auxiliares de Atención Sociosanitaria.
El servicio garantizará en todo caso las siguientes funciones básicas a desempeñar por las/los
Auxiliares Domiciliarias/os:
Ayuda a las personas usuarias del Servicio desde criterios de profesionalidad y
atendiendo en todo caso a lo señalado en el Título I del presente reglamento.
Prestar principalmente ayuda en tareas referidas al cuidado personal, doméstico y a la
compañía de la persona usuaria.
Prestar los trabajos que en cada caso defina el/la Trabajador/a Social.
IV. Las/Los Auxiliares Domiciliarias/os no realizarán ningún cuidado sanitario,
propiamente dicho, pero podrán vigilar que los medicamentos se tomen según
prescripción facultativa. Se encargarán, en caso oportuno, del cumplimiento del
régimen alimenticio.
De forma específica se dará cuenta a el/la Trabajador/a Social cuando se produzcan
enfrentamientos o problemas de relación entre la persona usuaria y la Auxiliar.
El/la Auxiliar deberá cumplir estrictamente el horario señalado para cada caso a
atender, comunicando a el/ la Trabajador/a Social cuando se creen inconvenientes al
normal desarrollado del servicio.
El/La Auxiliar Domiciliario/a debe respetar la intimidad de la persona atendida y
guardar el debido secreto profesional respecto a la situación de la que se encuentre y
en su relación con otras personas y fuera del ámbito laboral.
ARTÍCULO 20. Otros profesionales.
Cuando se precise para una eficaz aplicación del plan de acción en cada caso de atención,
podrán intervenir en la misma otros/as Profesionales del propio equipo de los Servicios
Sociales Municipales; especial consideración merece aquí la figura del/a Educador/a Social con
funciones socioeducativas en orden a la adquisición de hábitos y habilidades que contribuyan a
CVE:
BOP-2021-1199
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
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