Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2021-1199)
BOP-2021-1199 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del Servicio de
Ayuda a Domicilio.
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria de 12 de marzo de 2021, adoptó Acuerdo de
aprobación definitiva, con resolución expresa de la reclamación presentada, de la Ordenanza
Reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres.
Se publica el texto íntegro de la citada Ordenanza, en cumplimiento de lo dispuesto por el art.
70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Según lo preceptuado en el artículo 52.1 de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local,
contra este acuerdo definitivo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura, y con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el Pleno del
Ayuntamiento en el plazo de un mes.
ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO DEL
AYUNTAMIENTO DE MALPARTIDA DE CÁCERES.
La prestación de Ayuda a Domicilio está dirigida a toda la población, pero tendrá como objeto
prioritario la atención a aquellas personas que pudiendo mantenerse en su entorno familiar
habitual, tengan limitada su autonomía personal y precisen algunas de las atenciones propias
de esta prestación básica.
La prestación de ayuda a domicilio se entiende como derecho por lo que deberá tener un buen
nivel de calidad y responder a las necesidades de las personas atendidas, sin realizar las
actividades que pueda hacer la persona usuaria por sí sola, evitando la dependencia y
fomentando la autonomía.
Esta prestación a la que hacer referencia de algún modo todas la Leyes Autonómicas de
Servicios Sociales es uno de los contenidos mínimos que deben garantizar los servicios
sociales municipales, según el artículo 25.2.K de la Ley Reguladora de Bases de Régimen
CVE:
BOP-2021-1199
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
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