Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2021-1180)
BOP-2021-1180 Modificación de la Ordenanza de aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Arroyo de la Luz
ANUNCIO. Modificación de la Ordenanza de aplazamiento y fraccionamiento de
deudas tributarias.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA DE APLAZAMIENTO Y FRACCIONAMIENTO DE
DEUDAS TRIBUTARIAS, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y
en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA DE APLAZAMIENTO Y FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS:
Artículo 1. Objeto.
El Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, de acuerdo con lo establecido en el artículo 106.2 de la
Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en cumplimiento de los
artículos 65 y 82 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, desarrollados por los artículos 44 a 54 del Reglamento General de Recaudación,
aprueba la siguiente reglamentación para la concesión de fraccionamientos y aplazamientos en
el pago de las deudas tributarias.
Artículo 2. Aplazamiento y Fraccionamiento de las deudas.
Podrá aplazarse o fraccionarse el pago de las deudas, tanto en período voluntario como en
período ejecutivo, previa solicitud de los/as obligados/as al pago y de acuerdo con los criterios
de concesión establecidos en la presente Ordenanza.
Artículo 3. Solicitud.
1. Solamente podrán solicitar el aplazamiento o fraccionamientos de deudas a obligados/as al
pago que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de
Arroyo de la Luz. A tal efecto, el departamento correspondiente realizará las comprobaciones
CVE:
BOP-2021-1180
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
Pág. 5445
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Arroyo de la Luz
ANUNCIO. Modificación de la Ordenanza de aplazamiento y fraccionamiento de
deudas tributarias.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA DE APLAZAMIENTO Y FRACCIONAMIENTO DE
DEUDAS TRIBUTARIAS, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y
en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA DE APLAZAMIENTO Y FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS:
Artículo 1. Objeto.
El Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, de acuerdo con lo establecido en el artículo 106.2 de la
Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en cumplimiento de los
artículos 65 y 82 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, desarrollados por los artículos 44 a 54 del Reglamento General de Recaudación,
aprueba la siguiente reglamentación para la concesión de fraccionamientos y aplazamientos en
el pago de las deudas tributarias.
Artículo 2. Aplazamiento y Fraccionamiento de las deudas.
Podrá aplazarse o fraccionarse el pago de las deudas, tanto en período voluntario como en
período ejecutivo, previa solicitud de los/as obligados/as al pago y de acuerdo con los criterios
de concesión establecidos en la presente Ordenanza.
Artículo 3. Solicitud.
1. Solamente podrán solicitar el aplazamiento o fraccionamientos de deudas a obligados/as al
pago que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de
Arroyo de la Luz. A tal efecto, el departamento correspondiente realizará las comprobaciones
CVE:
BOP-2021-1180
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
Pág. 5445