Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2021-1149)
BOP-2021-1149 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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ARTÍCULO 9. Renovación.
El/la titular de la tarjeta deberá presentar la solicitud de renovación de la misma en los tres
meses previos a su fecha de caducidad. La solicitud de renovación irá acompañada de la
documentación indicada en el artículo 7 para la primera solicitud de la tarjeta. Sin embargo, en
los supuestos en los que tenga carácter definitivo el certificado emitido por el CADEX de
movilidad reducida, o el certificado de que muestre en el mejor ojo una agudeza visual igual o
inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos, no será preciso
aportar un nuevo certificado, excepto en aquellos supuestos en los que el Ayuntamiento, de
forma motivada y expresa lo estime necesario.
El Ayuntamiento comprobará que el/la titular mantiene los requisitos exigidos para el
otorgamiento de la tarjeta.
Durante el procedimiento de renovación de la tarjeta se prorrogará la validez de la tarjeta de
estacionamiento siempre que se haya presentado la solicitud dentro del plazo de validez de la
tarjeta. El Ayuntamiento emitirá un documento que certifique que la tarjeta se encuentra en
proceso de renovación, que deberá ser colocado en el interior del vehículo junto a la tarjeta de
estacionamiento caducada.
ARTÍCULO 10. Modificación de Datos y Duplicados de la Tarjeta.
El/la titular de la tarjeta de estacionamiento debe comunicar al Ayuntamiento cualquier
variación de los datos facilitados para la obtención de la tarjeta en un plazo no superior a
quince días desde que suceda el hecho.
En los casos de extravío, robo, deterioro o cualquier otra circunstancias que produzca la
pérdida de la tarjeta de estacionamiento el/la titular de la misma podrá solicitar un duplicado por
extravío junto con una declaración expresa de la circunstancia acaecida. Asimismo, a la
solicitud se deberá adjuntar copia de la denuncia presentada ante la autoridad competente.
El Ayuntamiento comunicará al órgano encargado del registro extremeño de tarjetas tanto la
expedición del duplicado de tarjeta como la recuperación del original o cualquier otra
circunstancia relacionada.
ARTÍCULO 11. Obligaciones del/a Titular.
El/la titular de la tarjeta de estacionamiento está obligado/a a la correcta utilización de la misma
conforme a las condiciones de uso previstas en la presente ordenanza así como al resto de
obligaciones.
CVE:
BOP-2021-1149
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 18 de marzo de 2021
N.º 0053
Pág. 5300
El/la titular de la tarjeta deberá presentar la solicitud de renovación de la misma en los tres
meses previos a su fecha de caducidad. La solicitud de renovación irá acompañada de la
documentación indicada en el artículo 7 para la primera solicitud de la tarjeta. Sin embargo, en
los supuestos en los que tenga carácter definitivo el certificado emitido por el CADEX de
movilidad reducida, o el certificado de que muestre en el mejor ojo una agudeza visual igual o
inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos, no será preciso
aportar un nuevo certificado, excepto en aquellos supuestos en los que el Ayuntamiento, de
forma motivada y expresa lo estime necesario.
El Ayuntamiento comprobará que el/la titular mantiene los requisitos exigidos para el
otorgamiento de la tarjeta.
Durante el procedimiento de renovación de la tarjeta se prorrogará la validez de la tarjeta de
estacionamiento siempre que se haya presentado la solicitud dentro del plazo de validez de la
tarjeta. El Ayuntamiento emitirá un documento que certifique que la tarjeta se encuentra en
proceso de renovación, que deberá ser colocado en el interior del vehículo junto a la tarjeta de
estacionamiento caducada.
ARTÍCULO 10. Modificación de Datos y Duplicados de la Tarjeta.
El/la titular de la tarjeta de estacionamiento debe comunicar al Ayuntamiento cualquier
variación de los datos facilitados para la obtención de la tarjeta en un plazo no superior a
quince días desde que suceda el hecho.
En los casos de extravío, robo, deterioro o cualquier otra circunstancias que produzca la
pérdida de la tarjeta de estacionamiento el/la titular de la misma podrá solicitar un duplicado por
extravío junto con una declaración expresa de la circunstancia acaecida. Asimismo, a la
solicitud se deberá adjuntar copia de la denuncia presentada ante la autoridad competente.
El Ayuntamiento comunicará al órgano encargado del registro extremeño de tarjetas tanto la
expedición del duplicado de tarjeta como la recuperación del original o cualquier otra
circunstancia relacionada.
ARTÍCULO 11. Obligaciones del/a Titular.
El/la titular de la tarjeta de estacionamiento está obligado/a a la correcta utilización de la misma
conforme a las condiciones de uso previstas en la presente ordenanza así como al resto de
obligaciones.
CVE:
BOP-2021-1149
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 18 de marzo de 2021
N.º 0053
Pág. 5300