Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2021-1140)
BOP-2021-1140 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora del alumbrado exterior para la protección del cielo nocturno.
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exteriores. Todo ello, según lo estipulado el Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por
el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado
exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07.
Es por tanto objeto de esta ordenanza establecer unos criterios de aplicación, de adecuación
de niveles lumínicos y de utilización de fuentes de luz, que eviten enviar luz de forma directa o
indirecta hacia el cielo.
Se considerará un sistema de iluminación sostenible aquel en el que la luz se emplea sólo
donde, cuando y como sea necesaria, sin perjuicio de la seguridad de los/as usuarios/as, con la
finalidad de:
Promover la eficiencia energética de los alumbrados exteriores mediante el ahorro de
energía, sin perjuicio de la seguridad de los usuarios.
Mantener al máximo posible las condiciones naturales de las horas nocturnas, en
beneficio de los ecosistemas en general.
Prevenir y minimizar los efectos del resplandor luminoso nocturno en la visión del cielo
nocturno.
Minimizar la intrusión lumínica en zonas distintas a las que se pretende iluminar,
especialmente, en entornos naturales e interior de edificios residenciales y por tanto,
disminuir sus molestias y perjuicios.
Adecuar los requerimientos y características técnicas de las instalaciones de
alumbrado exterior a las recomendaciones y normativas vigentes.
Salvaguardar la calidad del cielo nocturno y facilitar la visión del mismo como
patrimonio natural, cultural y científico, fomentando su explotación como recurso
económico.
El Ayuntamiento, comprometido en alcanzar un equilibrio social y ambiental, velará por el
cumplimiento de esta ordenanza teniendo en cuenta las competencias y atribuciones que le
confiere la normativa vigente.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Las disposiciones recogidas en la presente ordenanza serán de aplicación a:
Las nuevas instalaciones de alumbrado y dispositivos luminotécnicos exteriores, tanto
públicos como privados, en el municipio de Logrosán.
Las instalaciones existentes, sus modificaciones y ampliaciones, en los términos
recogidos en las disposiciones adicional primera, adicional segunda y transitoria
primera.
CVE:
BOP-2021-1140
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 17 de marzo de 2021
N.º 0052
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