Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2021-1140)
BOP-2021-1140 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora del alumbrado exterior para la protección del cielo nocturno.
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Las directrices medioambientales de la Unión Europea consideran que la energía es un factor
determinante para la consecución de un desarrollo sostenible, al objeto de paliar los problemas
originados por las emisiones de gases que producen el efecto invernadero, debido a la
creciente demanda de energía.
Con la finalidad de mejorar la protección del medio ambiente, mediante el aumento de la
eficiencia energética de las instalaciones de alumbrado exterior, y reducir el resplandor
luminoso nocturno, se debe actuar sobre los aparatos (luminarias, proyectores y otros
dispositivos) que emiten la luz y sobre la instalación de alumbrado diseñándola de forma
eficiente a la actividad que se vaya a realizar, iluminando solo donde y cuando es necesario,
con la intensidad y color de luz adecuados y facultando alcanzar los niveles luminosos
necesarios sin superarlos. Todo ello en beneficio de un uso eficiente y racional de la energía
que mejorará la protección del medio ambiente.
Asimismo se debe establecer un régimen de funcionamiento que implique regular
adecuadamente el apagado y encendido de las instalaciones de alumbrado exterior, evitando la
prolongación innecesaria de los períodos de funcionamiento de las mismas, así como implantar
un sistema de regulación del nivel luminoso con disminución del flujo emitido a ciertas horas de
la noche, en las que desciende sustancialmente la intensidad de tráfico, garantizando siempre
la seguridad de los ciudadanos. También debe tenerse presente que la finalidad del alumbrado
exterior es contribuir a crear un ambiente visual nocturno agradable a la vida ciudadana, de
forma que se alcance una disminución del riesgo de accidentes y un aumento de la fluidez de
la circulación, creando condiciones confortables para la conducción de vehículos y una
visibilidad aceptable para el peatón, su seguridad y la de los edificios y bienes del entorno.
Dichas instalaciones además no pueden desligarse del aspecto urbanístico, social e histórico
de la ciudad en que se asientan sus realizaciones, de ahí que se potencie cada vez más la
iluminación ornamental de edificios y monumentos con la finalidad de realzarlos.
Asimismo, es interesante señalar que la iluminación inadecuada tiene efectos negativos en el
entorno, el ciclo día-noche es uno de los principales factores determinantes de los ritmos
biológicos de todos los seres vivos, y además dificulta a los ciudadanos la observación del
extraordinario cielo nocturno del que disfrutamos en Extremadura. Otras consecuencias
negativas son la posibilidad de causar daños a ecosistemas naturales (provocando alteraciones
en los comportamientos de animales y plantas), aumento innecesario del consumo energético y
disminución de la calidad ambiental de las zonas habitadas, ya que aumenta la intrusión
lumínica en el ámbito privado de las personas, delimitando, entre otros, los necesarios periodos
de descanso y vigilia, provocando molestias tales como fatiga visual, ansiedad y alteraciones
del sueño.
CVE:
BOP-2021-1140
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 17 de marzo de 2021
N.º 0052
Pág. 5244
determinante para la consecución de un desarrollo sostenible, al objeto de paliar los problemas
originados por las emisiones de gases que producen el efecto invernadero, debido a la
creciente demanda de energía.
Con la finalidad de mejorar la protección del medio ambiente, mediante el aumento de la
eficiencia energética de las instalaciones de alumbrado exterior, y reducir el resplandor
luminoso nocturno, se debe actuar sobre los aparatos (luminarias, proyectores y otros
dispositivos) que emiten la luz y sobre la instalación de alumbrado diseñándola de forma
eficiente a la actividad que se vaya a realizar, iluminando solo donde y cuando es necesario,
con la intensidad y color de luz adecuados y facultando alcanzar los niveles luminosos
necesarios sin superarlos. Todo ello en beneficio de un uso eficiente y racional de la energía
que mejorará la protección del medio ambiente.
Asimismo se debe establecer un régimen de funcionamiento que implique regular
adecuadamente el apagado y encendido de las instalaciones de alumbrado exterior, evitando la
prolongación innecesaria de los períodos de funcionamiento de las mismas, así como implantar
un sistema de regulación del nivel luminoso con disminución del flujo emitido a ciertas horas de
la noche, en las que desciende sustancialmente la intensidad de tráfico, garantizando siempre
la seguridad de los ciudadanos. También debe tenerse presente que la finalidad del alumbrado
exterior es contribuir a crear un ambiente visual nocturno agradable a la vida ciudadana, de
forma que se alcance una disminución del riesgo de accidentes y un aumento de la fluidez de
la circulación, creando condiciones confortables para la conducción de vehículos y una
visibilidad aceptable para el peatón, su seguridad y la de los edificios y bienes del entorno.
Dichas instalaciones además no pueden desligarse del aspecto urbanístico, social e histórico
de la ciudad en que se asientan sus realizaciones, de ahí que se potencie cada vez más la
iluminación ornamental de edificios y monumentos con la finalidad de realzarlos.
Asimismo, es interesante señalar que la iluminación inadecuada tiene efectos negativos en el
entorno, el ciclo día-noche es uno de los principales factores determinantes de los ritmos
biológicos de todos los seres vivos, y además dificulta a los ciudadanos la observación del
extraordinario cielo nocturno del que disfrutamos en Extremadura. Otras consecuencias
negativas son la posibilidad de causar daños a ecosistemas naturales (provocando alteraciones
en los comportamientos de animales y plantas), aumento innecesario del consumo energético y
disminución de la calidad ambiental de las zonas habitadas, ya que aumenta la intrusión
lumínica en el ámbito privado de las personas, delimitando, entre otros, los necesarios periodos
de descanso y vigilia, provocando molestias tales como fatiga visual, ansiedad y alteraciones
del sueño.
CVE:
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Verificable
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Miércoles, 17 de marzo de 2021
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