Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Perales del Puerto. (BOP-2021-1074)
BOP-2021-1074 Bases del concurso-oposición para la provisión del puesto de Secretaría-Intervención.
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Un/a funcionario/a de la Dirección General de Administración Local de la Junta
de Extremadura en representación de la misma.
Un/a funcionario/a de carrera de la Diputación de Cáceres designado/a por la
misma, perteneciente al grupo de titulación correspondiente al puesto, en
posesión de alguna de las titulaciones exigidas para el acceso a la subescala de
secretaría-intervención.
Un/a funcionario/a de carrera del grupo de titulación del puesto, en posesión de
alguna de las titulaciones exigidas para el acceso al referido puesto.
Secretario/a: será nombrado/a por el/la Sr. Alcalde-Presidente de entre alguno de los
vocales.
3.2. El Tribunal estará compuesto por los/as titulares y los/as respectivos/as suplentes que
simultáneamente habrán de designarse.
3.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad
de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesaria la presencia del/la
Presidente/a y Secretario/a.
3.4. Las decisiones se adoptarán por mayoría.
3.5. La abstención y recusación de los/as miembros del Tribunal será conforme con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
con notificación a la autoridad convocante.
3.6. El Tribunal quedará facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición, en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
IV. Solicitudes.
4.1. Las instancias solicitando formar parte de este proceso selectivo, en las que los/as
aspirantes manifestarán que reúnen todas las condiciones exigidas en la base II, se dirigirán al
Sr. Alcalde-Presidente, presentándose en el Registro General del Ayuntamiento de Perales del
Puerto situado en Avda. Sierra de Gata, n.º 12 n.º 1, CP 10896, en cualquiera de los registros u
oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se
implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en
el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o por cualquiera
de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las instancias se ajustarán al modelo
CVE:
BOP-2021-1074
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de marzo de 2021
N.º 0049
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