Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Perales del Puerto. (BOP-2021-1074)
BOP-2021-1074 Bases del concurso-oposición para la provisión del puesto de Secretaría-Intervención.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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2º. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
inherentes al puesto convocado.
3º. Edad: tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las
disposiciones legales vigentes para la jubilación forzosa.
4º. Habilitación: no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquier Administración Pública o de los organismos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la Escala de
funcionarios/as de administración local con habilitación de carácter nacional.
5º. Titulación: estar en posesión, o en condiciones de obtener en el momento en que
termine el plazo de presentación de instancias, de la titulación universitaria exigida para
el ingreso en los Cuerpos o Escalas clasificados en el Subgrupo A1, de acuerdo con lo
previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empeado/a Público/a,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente homologación del título. Este requisito no será
de aplicación a los/as aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su
cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las
disposiciones de Derecho Comunitario.
2.2. Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar el
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el
momento de la toma de posesión como funcionario/a interino/a.
III. Tribunal de Selección.
3.1. El Tribunal estará compuesto por los/as siguientes miembros, todos ellos con titulación
igual o superior a la de la plaza convocada y serán funcionarios de carrera de las respectivas
Administraciones Públicas:
Presidente/a: un/a funcionario/a de igual categoría al puesto que se convoca, designado
a propuesta del Sr. Alcalde-Presidente.
Vocales:
Un/a funcionario/a de la escala de habilitación nacional, subescala de secretaría-
intervención, designado/a a propuesta del Colegio de Secretarios/as,
Interventores/as y Tesoreros/as de la provincia.
CVE:
BOP-2021-1074
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de marzo de 2021
N.º 0049
Pág. 5042
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2º. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
inherentes al puesto convocado.
3º. Edad: tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las
disposiciones legales vigentes para la jubilación forzosa.
4º. Habilitación: no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquier Administración Pública o de los organismos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la Escala de
funcionarios/as de administración local con habilitación de carácter nacional.
5º. Titulación: estar en posesión, o en condiciones de obtener en el momento en que
termine el plazo de presentación de instancias, de la titulación universitaria exigida para
el ingreso en los Cuerpos o Escalas clasificados en el Subgrupo A1, de acuerdo con lo
previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empeado/a Público/a,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente homologación del título. Este requisito no será
de aplicación a los/as aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su
cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las
disposiciones de Derecho Comunitario.
2.2. Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar el
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el
momento de la toma de posesión como funcionario/a interino/a.
III. Tribunal de Selección.
3.1. El Tribunal estará compuesto por los/as siguientes miembros, todos ellos con titulación
igual o superior a la de la plaza convocada y serán funcionarios de carrera de las respectivas
Administraciones Públicas:
Presidente/a: un/a funcionario/a de igual categoría al puesto que se convoca, designado
a propuesta del Sr. Alcalde-Presidente.
Vocales:
Un/a funcionario/a de la escala de habilitación nacional, subescala de secretaría-
intervención, designado/a a propuesta del Colegio de Secretarios/as,
Interventores/as y Tesoreros/as de la provincia.
CVE:
BOP-2021-1074
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de marzo de 2021
N.º 0049
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