Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas del Monte. (BOP-2021-1068)
BOP-2021-1068 Modificación Ordenanza reguladora del Precio Publico del Servicio de Guardería.
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Baja por petición del/a interesado/a.
Baja por fallecimiento.
Baja por traslado a otra localidad.
Baja por incumplimiento de sus obligaciones.
Baja por imposición material de prestarlo y otras que puedan establecerse.
APROBACIÓN.
La presente Ordenanza, que consta de 9 artículos y una Disposición Final, fue aprobada con
carácter definitivo por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el 28/02/2020.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza entrará en vigor cuando sea aprobada definitivamente por el Pleno del
Ayuntamiento y publicado su texto íntegro en el BOP, comenzándose a aplicar a partir del día 1
del mes siguiente al de su publicación, permaneciendo en vigor hasta su modificación o
derogación expresas.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, los/as interesados/as podrán interponer directamente recurso contencioso-
administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o
Acuerdo impugnado.
Casas del Monte, 8 de marzo de 2021
Pedro Gómez Sánchez
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2021-1068
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de marzo de 2021
N.º 0049
Pág. 5034
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Baja por petición del/a interesado/a.
Baja por fallecimiento.
Baja por traslado a otra localidad.
Baja por incumplimiento de sus obligaciones.
Baja por imposición material de prestarlo y otras que puedan establecerse.
APROBACIÓN.
La presente Ordenanza, que consta de 9 artículos y una Disposición Final, fue aprobada con
carácter definitivo por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el 28/02/2020.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza entrará en vigor cuando sea aprobada definitivamente por el Pleno del
Ayuntamiento y publicado su texto íntegro en el BOP, comenzándose a aplicar a partir del día 1
del mes siguiente al de su publicación, permaneciendo en vigor hasta su modificación o
derogación expresas.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, los/as interesados/as podrán interponer directamente recurso contencioso-
administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o
Acuerdo impugnado.
Casas del Monte, 8 de marzo de 2021
Pedro Gómez Sánchez
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2021-1068
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de marzo de 2021
N.º 0049
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