Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-1063)
BOP-2021-1063 EXTRACTO. Plan de Subvenciones Asociaciones de Personas Mayores 2021.
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c) Los gastos de procedimientos judiciales.
d) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
e) Los impuestos personales sobre la renta y los impuestos indirectos cuando sean
susceptibles de recuperación.
f) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
g) Los tributos, tarifas y/o precios públicos, cuya titularidad corresponde al IMAS o al
ayuntamiento de Cáceres, y el ingreso de los mismos deban realizarse en la Hacienda
municipal.
BENEFICIARIOS/AS DE LA SUBVENCIÓN. REQUISITOS.
Podrán concurrir a esta convocatoria las Asociaciones de Personas Mayores que cumplan los
siguientes requisitos:
1. Que se encuentren legalmente constituidas como Asociaciones de personas Mayores de la
ciudad de Cáceres, e inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres, manteniendo sus datos actualizados.
2. Que cumplan los requisitos para obtener la condición de beneficiarios/as previstos en el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones del
Ayuntamiento de Cáceres en los términos que reglamentariamente se determinen.
4. Que no hayan sido beneficiarios/as de otra subvención, en régimen de concurrencia
competitiva o directa del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres o sus Organismos Autónomos.
5. Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la
misma finalidad de otras entidades siempre que no superen el importe total del gasto del
proyecto.
6. Carecer de ánimo de lucro y acreditar que sus fines y actividades sociales coinciden con la
finalidad de la convocatoria y el contenido del proyecto presentado.
7. No se subvencionaran aquellas federaciones cuyas asociaciones integrantes hayan
solicitado subvención a través de este plan.
CVE:
BOP-2021-1063
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de marzo de 2021
N.º 0049
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d) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
e) Los impuestos personales sobre la renta y los impuestos indirectos cuando sean
susceptibles de recuperación.
f) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
g) Los tributos, tarifas y/o precios públicos, cuya titularidad corresponde al IMAS o al
ayuntamiento de Cáceres, y el ingreso de los mismos deban realizarse en la Hacienda
municipal.
BENEFICIARIOS/AS DE LA SUBVENCIÓN. REQUISITOS.
Podrán concurrir a esta convocatoria las Asociaciones de Personas Mayores que cumplan los
siguientes requisitos:
1. Que se encuentren legalmente constituidas como Asociaciones de personas Mayores de la
ciudad de Cáceres, e inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres, manteniendo sus datos actualizados.
2. Que cumplan los requisitos para obtener la condición de beneficiarios/as previstos en el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones del
Ayuntamiento de Cáceres en los términos que reglamentariamente se determinen.
4. Que no hayan sido beneficiarios/as de otra subvención, en régimen de concurrencia
competitiva o directa del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres o sus Organismos Autónomos.
5. Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la
misma finalidad de otras entidades siempre que no superen el importe total del gasto del
proyecto.
6. Carecer de ánimo de lucro y acreditar que sus fines y actividades sociales coinciden con la
finalidad de la convocatoria y el contenido del proyecto presentado.
7. No se subvencionaran aquellas federaciones cuyas asociaciones integrantes hayan
solicitado subvención a través de este plan.
CVE:
BOP-2021-1063
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de marzo de 2021
N.º 0049
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