Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-1062)
BOP-2021-1062 Plan de Subvenciones Asociaciones de Personas Mayores 2021.
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c) Cuando por aplicación de la formula proporcional descrita en el punto 1 y los limites descritos
en el punto 2.b resultara un remanente en el crédito asignado, podrá destinarse para incrementar la cantidad
asignada al resto de los proyectos hasta agotar el crédito disponible.
3.‐ Los criterios de valoración de los proyectos serán:
A) Representatividad: Representará el veinte por ciento del importe total a conceder (20%). Se
computará el nº de socios de la asociación inscritos con anterioridad a 31 de diciembre de 2020 y se asignará
proporcionalmente con respecto al siguiente baremo:
- Menos de 100 socios/as: hasta 5 puntos
- Entre 100 y 200 socios/as: hasta 10 puntos.
- Más de 200 socios: hasta 20 puntos.
Nota aclaratoria: Cuando la asociación dependa de un Hogar de pensionistas, se presentará
relación de socios de la asociación actualizada, no del Hogar.
B)Grado de interés o utilidad ciudadana de sus fines: Representará el ochenta por ciento del importe
total de la subvención a conceder (80%). Se valorará el proyecto de actividades anuales con arreglo a los
criterios previstos en la Ordenanza reguladora de subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres y la
cantidad y calidad de las acciones a desarrollar. En particular se valorará según el siguiente baremo:
1.‐ Proyecto de actividades objeto de subvención (de 0 a 80 puntos) con las siguientes variables:
1.1. Mantenimiento de la sede social en función de los gastos soportados en el mantenimiento
de la sede social. De 0 a 30 puntos
Se valorará que la asociación soporte los gastos de luz, agua, telefonía, sin aportación o ayuda de
instituciones o del Ayuntamiento. De 0 a 10 puntos
Se valorará que la sede social esté disponible durante todos los días de la semana para realizar
actividades. De 0 a 10 puntos
Se valorará el número de actividades que soporta la sede social en el año en curso. De 0 a 10 puntos
1.2. Dificultad de ejecutarse la actividad sin la subvención. De 0 a 10 puntos.
Se valorará la capacidad económica autónoma, el uso racional de los recursos y la generación de
recursos propios.
1.3. Interés general de las actividades y beneficio para los ciudadanos mayores de Cáceres de las
actividades a financiar. De 0 a 10 puntos.
Se valorará especialmente la complementariedad con las actividades y competencias municipales, la
promoción del voluntariado, la promoción del ocio saludable para personas mayores, y la población
beneficiaria, así como la adopción de medidas de prevención de la COVID19 este año.
CVE:
BOP-2021-1062
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de marzo de 2021
N.º 0049
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