Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talayuela. (BOP-2021-1051)
BOP-2021-1051 Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza reguladora del Canon por aprovechamiento urbanístico en suelo rústico.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Talayuela
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza reguladora del
Canon por aprovechamiento urbanístico en suelo rústico.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación
de Ordenanza Reguladora del Canon por aprovechamiento urbanístico en suelo rústico del
Ayuntamiento de Talayuela cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local.
«ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO.
1.- En uso de las facultades concedidas por el artículo 142 de la CE y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 61 y concordantes de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de
Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura, mediante la presente
Ordenanza se regula el régimen por el que se regirá en este Municipio el Canon por
Aprovechamiento Urbanístico en suelo rústico, de acuerdo con lo facultado por la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística de Extremadura.
2.- En todo aquello no expresamente dispuesto en esta ordenanza habrá de estarse a lo
preceptuado en la normativa de Derecho Público que resulte aplicable, particularmente la Ley
11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística de Extremadura; Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; Ley 47/2003, de 23 de
noviembre, General Presupuestaria; Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria; y su
normativa de desarrollo.
ARTÍCULO 2.- NATURALEZA Y HECHO IMPONIBLE.
1.- El Canon por Aprovechamiento Urbanístico en Suelo Rústico es una prestación de Derecho
Público establecida por el/la legislador/a autonómico/a en el Título III, Capítulo I, Sección 2 Ley
11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de
Extremadura a favor de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
CVE:
BOP-2021-1051
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de marzo de 2021
N.º 0048
Pág. 4969
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Talayuela
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza reguladora del
Canon por aprovechamiento urbanístico en suelo rústico.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación
de Ordenanza Reguladora del Canon por aprovechamiento urbanístico en suelo rústico del
Ayuntamiento de Talayuela cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local.
«ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO.
1.- En uso de las facultades concedidas por el artículo 142 de la CE y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 61 y concordantes de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de
Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura, mediante la presente
Ordenanza se regula el régimen por el que se regirá en este Municipio el Canon por
Aprovechamiento Urbanístico en suelo rústico, de acuerdo con lo facultado por la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística de Extremadura.
2.- En todo aquello no expresamente dispuesto en esta ordenanza habrá de estarse a lo
preceptuado en la normativa de Derecho Público que resulte aplicable, particularmente la Ley
11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística de Extremadura; Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; Ley 47/2003, de 23 de
noviembre, General Presupuestaria; Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria; y su
normativa de desarrollo.
ARTÍCULO 2.- NATURALEZA Y HECHO IMPONIBLE.
1.- El Canon por Aprovechamiento Urbanístico en Suelo Rústico es una prestación de Derecho
Público establecida por el/la legislador/a autonómico/a en el Título III, Capítulo I, Sección 2 Ley
11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de
Extremadura a favor de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
CVE:
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Verificable
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Jueves, 11 de marzo de 2021
N.º 0048
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