Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talayuela. (BOP-2021-1050)
BOP-2021-1050 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la Administración Electrónica.
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primera hora del primer día hábil siguiente.
- La entrada de las solicitudes se entenderán recibidas en el plazo establecido si se
inicia la transmisión dentro del mismo día y se finaliza con éxito. A efectos de cómputo
de plazos, será válida y producirá efectos jurídicos la fecha de entrada que se consigne
en el recibo expedido por la unidad de registro.
- No se dará salida, a través del registro electrónico, a ningún escrito o comunicación en
día inhábil.
- Se consideran días inhábiles, a efectos del registro electrónico de la Administración
Municipal, los sábados, domingos y los establecidos como días festivos en el calendario
oficial de fiestas laborales del Estado, de la Comunidad Autónoma y por los de la
capitalidad del municipio. A estos efectos, se podrá consultar el calendario publicado en
la sede electrónica.
CAPÍTULO 5. NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS.
ARTÍCULO 18. Condiciones generales de las notificaciones.
Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso,
cuando el/la interesado/a resulte obligado/a a recibirlas por esta vía.
No obstante lo anterior, las Administraciones podrán practicar las notificaciones por medios no
electrónicos en los siguientes supuestos.
a) Cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia espontánea del/a
interesado/a o su representante en las oficinas de asistencia en materia de registro y
solicite la comunicación o notificación personal en ese momento.
b) Cuando para asegurar la eficacia de la actuación administrativa resulte necesario
practicar la notificación por entrega directa de un/a empleado/a público/a de la
Administración notificante.
Con independencia del medio utilizado, las notificaciones serán válidas siempre que permitan
tener constancia de su envío o puesta a disposición, de la recepción o acceso por el/la
interesado/a o su representante, de sus fechas y horas, del contenido íntegro, y de la identidad
fidedigna del/a remitente y destinatario/a de la misma. La acreditación de la notificación
efectuada se incorporará al expediente.
Los/as interesados/as que no estén obligados/as a recibir notificaciones electrónicas, podrán
CVE:
BOP-2021-1050
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de marzo de 2021
N.º 0048
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