Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talayuela. (BOP-2021-1050)
BOP-2021-1050 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la Administración Electrónica.
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o la seguridad del sistema.
b) En el caso de utilización de documentos normalizados, cuando no se cumplimenten
los campos requeridos como obligatorios o cuando tenga incongruencias u omisiones
que impidan su tratamiento.
Los documentos adjuntos a los escritos y comunicaciones presentadas en el registro
electrónico deberán ser legibles y no defectuosos, pudiéndose utilizar los formatos
comúnmente aceptados que se harán públicos en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En estos casos, se informará de ello al/a remitente del documento, con indicación de los
motivos del rechazo así como, cuando ello fuera posible, de los medios de subsanación de
tales deficiencias. Cuando el/la interesado/a lo solicite, se remitirá justificación del intento de
presentación, que incluirá las circunstancias del rechazo.
ARTÍCULO 17. Cómputo de los plazos.
El registro electrónico se regirá, a efectos de cómputo de plazos, vinculantes tanto para los/as
interesados/as como para las Administraciones Públicas, por la fecha y la hora oficial de la
sede electrónica, que contará con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su
integridad y figurar visible.
El registro electrónico estará a disposición de sus usuarios/as las veinticuatro horas del día,
todos los días del año, excepto las interrupciones que sean necesarias por razones técnicas.
A los efectos de cómputo de plazos habrá que estar a lo siguiente:
- Cuando los plazos se señalen por horas se entiende que éstas son hábiles. Serán
hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil.
Los plazos expresados por horas se contarán de hora en hora y de minuto en minuto
desde la hora y minuto en que tenga lugar el acto de que setrate y no podrán tener una
duración superior a veinticuatro horas, en cuyo caso se expresarán en días.
- Cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles,
excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.
- La entrada de solicitudes, escritos y/o comunicaciones recibidas en días inhábiles se
entenderán efectuadas en la primera hora del primer día hábil siguiente. Para ello, en el
asiento de entrada se inscribirán como fecha y hora de la presentación aquellas en las
que se produjo efectivamente la recepción, constando como fecha y hora de entrada la
CVE:
BOP-2021-1050
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de marzo de 2021
N.º 0048
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