Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2021-1044)
BOP-2021-1044 Bases para la provisión en comisión de servicio de una Plaza de Agente de la Policía Local.
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facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización del proceso
selectivo, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en el
mismo en todo lo no previsto en las bases. Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos
y en la forma establecida en la normativa vigente. Todos los acuerdos del Tribunal Calificador
se insertarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madroñera. A iniciativa de cada
central sindical podrán estar presentes en el Tribunal durante la realización de la prueba, un/a
representante de cada una de las centrales u organizaciones sindicales con representatividad
en el ámbito de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura. No podrán
participar como observadores/as en las fases y actos del proceso selectivo en los que se
delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su realización
Sexta. Selección de los/las aspirantes.
6.1. El procedimiento de selección de los/as aspirantes constará de dos fases:
A) Entrevista: 10 puntos máximo.
Los/las funcionarios/as de la Policía Local que ocupen las plazas convocadas en comisión de
servicio, será seleccionado/a mediante la realización de una entrevista personal a cada uno de
los/las aspirantes que reúna los requisitos establecidos en la base segunda de la presente
convocatoria.
6.2. Los/las aspirantes serán convocados para realizar la entrevista personal mediante anuncio
que se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal, en
llamamiento único, siendo excluidos/as del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
B) Concurso: 2,50 puntos máximo.
La Fase de Concurso, que será posterior a la entrevista, no tendrá carácter eliminatorio, y no
podrá tenerse en cuenta para superar la Entrevista.
Formación: Con una puntuación de 0,5 por curso con una puntuación máxima de 2,50
puntos.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, cuyo contenido, a juicio del
Tribunal, esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y
subescala o categoría profesional a la que se opta que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de
Administración pública o por organizaciones sindicales u otros/as agentes promotores/as
CVE:
BOP-2021-1044
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de marzo de 2021
N.º 0048
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