Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2021-1044)
BOP-2021-1044 Bases para la provisión en comisión de servicio de una Plaza de Agente de la Policía Local.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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c) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad
d) Certificado acreditativo de carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en
su expediente personal, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las
canceladas.
Cuarta. Lista de admitidos/as y excluidos/as.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde, procederá a la aprobación
de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento, pudiendo los/las aspirantes excluidos/as, en el plazo de diez días previsto en
el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, subsanar las deficiencias que por su naturaleza sean
subsanables.
Transcurrido dicho plazo, se dictará resolución por el Sr. Alcalde declarando aprobada la lista
definitiva de admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento, el lugar, fecha y hora de la constitución del Tribunal Calificador, y el comienzo
de las entrevistas.
4.2. Asimismo, el Tribunal se hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a los
efectos recusatorios previstos en la legislación vigente.
Quinta. Tribunal.
El Tribunal estará formado por cinco miembros, con la asistencia preceptiva del/la Presidente/a
y Secretario/a, siendo designados/as los/as miembros por Resolución de la Alcaldía. La
composición de los Tribunales será predominantemente técnica y todos/as sus miembros,
titulares y suplentes, serán funcionarios/as de carrera y deberán pertenecer a un grupo de
clasificación igual o superior a aquél en el que se integren las plazas convocadas y, en caso de
ser miembros de un cuerpo de Policía Local, deberán, además, pertenecer a una categoría
igual o superior a la correspondiente a las plazas objeto de convocatoria. En dicha composición
se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombres y mujeres. La abstención y recusación de
los/as miembros del Tribunal podrá llevarse a cabo será de conformidad con los artículos 23 y
24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Para la válida
constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de
acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del/la Presidente/a y Secretario/a
o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. El Tribunal
Calificador resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y
propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará
CVE:
BOP-2021-1044
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de marzo de 2021
N.º 0048
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d) Certificado acreditativo de carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en
su expediente personal, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las
canceladas.
Cuarta. Lista de admitidos/as y excluidos/as.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde, procederá a la aprobación
de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento, pudiendo los/las aspirantes excluidos/as, en el plazo de diez días previsto en
el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, subsanar las deficiencias que por su naturaleza sean
subsanables.
Transcurrido dicho plazo, se dictará resolución por el Sr. Alcalde declarando aprobada la lista
definitiva de admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento, el lugar, fecha y hora de la constitución del Tribunal Calificador, y el comienzo
de las entrevistas.
4.2. Asimismo, el Tribunal se hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a los
efectos recusatorios previstos en la legislación vigente.
Quinta. Tribunal.
El Tribunal estará formado por cinco miembros, con la asistencia preceptiva del/la Presidente/a
y Secretario/a, siendo designados/as los/as miembros por Resolución de la Alcaldía. La
composición de los Tribunales será predominantemente técnica y todos/as sus miembros,
titulares y suplentes, serán funcionarios/as de carrera y deberán pertenecer a un grupo de
clasificación igual o superior a aquél en el que se integren las plazas convocadas y, en caso de
ser miembros de un cuerpo de Policía Local, deberán, además, pertenecer a una categoría
igual o superior a la correspondiente a las plazas objeto de convocatoria. En dicha composición
se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombres y mujeres. La abstención y recusación de
los/as miembros del Tribunal podrá llevarse a cabo será de conformidad con los artículos 23 y
24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Para la válida
constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de
acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del/la Presidente/a y Secretario/a
o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. El Tribunal
Calificador resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y
propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará
CVE:
BOP-2021-1044
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de marzo de 2021
N.º 0048
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