Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Escurial. (BOP-2021-1034)
BOP-2021-1034 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora de la Administración Electrónica.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Artículo 8. Publicidad activa.
Artículo 9. Perfil de contratante.
CAPÍTULO 4. REGISTRO ELECTRÓNICO.
Artículo 10. Creación y funcionamiento del registro electrónico.
Artículo 11. Naturaleza y eficacia del registro electrónico.
Artículo 12. Funciones del registro electrónico.
Artículo 13. Responsable del registro electrónico.
Artículo 14. Acceso al registro electrónico.
Artículo 15. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones.
Artículo 16. Rechazo de las solicitudes, escritos y comunicaciones.
Artículo 17. Cómputo de los plazos.
CAPÍTULO 5. NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS.
Artículo 18. Condiciones generales de las notificaciones.
Artículo 19. Práctica de las notificaciones electrónicas.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Entrada en funcionamiento de la sede electrónica.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Entrada en funcionamiento del registro electrónico.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Seguridad.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Protección de datos.
DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Ventanilla única de la Directiva de Servicios.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Habilitación de desarrollo.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA. Aplicación de las previsiones contenidas en esta
Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL. Entrada en vigor.
CVE:
BOP-2021-1034
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de marzo de 2021
N.º 0048
Pág. 4868
Artículo 9. Perfil de contratante.
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DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Habilitación de desarrollo.
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DISPOSICIÓN FINAL. Entrada en vigor.
CVE:
BOP-2021-1034
Verificable
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Jueves, 11 de marzo de 2021
N.º 0048
Pág. 4868