Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2021-1032)
BOP-2021-1032 Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza reguladora de la Tasa por prestación y utilización de los servicios de residencia de mayores y centro de día
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Conforme al artículo 54 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia
de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril el Pleno
de este Ayuntamiento APRUEBA, previa deliberación y por UNANIMIDAD de los cinco
miembros de la Corporación presentes el siguiente,
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar la Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
Modificación de la Ordenanza reguladora de la Tasa por prestación y utilización de los servicios
de residencia de mayores y centro de día (Actualización Convenio), con la redacción que a
continuación se recoge:
«ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN Y
UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE RESIDENCIA DE MAYORES Y CENTRO DE DÍA.
Artículo 1º. FUNDAMENTO LEGAL.
Este Ayuntamiento en uso de las facultades concedidas por los arts. 133.2 y 142 de la
Constitución Española de 1978, de conformidad con el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo previsto en el artículo
20.4.ñ, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece la tasa por la prestación
de los servicios de Hogar Club con pisos tutelados y Centro de Día, que se regirá por la
presente Ordenanza.
La contraprestación pecuniaria que se satisfaga por este concepto tiene la consideración de
tasa porque el servicio que a través de este Centro se presta, si bien es de solicitud o
recepción voluntaria, no es prestado en esta localidad por el sector privado, todo ello a tenor de
lo establecido en el artículo 20.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 antes citado.
Art. 2º. HECHO IMPONIBLE.
Está constituido por la utilización del Centro, que es un centro mixto que incluye servicio de
Residencia de Mayores con capacidad total de 26 plazas, de las cuales 10 plazas son de Pisos
Tutelados para personas con autonomía o Grado I de Dependencia y 16 plazas no
subvencionadas acreditadas por el SEPAD para personas con Grado II y III de Dependencia
con derecho a solicitar ayuda económica vinculada a este tipo de plazas.
También está constituido por un servicio de Centro de Día con 15 plazas indistintamente
destinadas según demanda, tanto a personas con autonomía como a personas en situación de
CVE:
BOP-2021-1032
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de marzo de 2021
N.º 0048
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